D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230509-26)
Convenio – Convenio de 20 de febrero de 2023, entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia) y la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) para el desarrollo de actividades de formación, investigación y calidad en los laboratorios forenses
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 109
co adscrito a dicha Consejería, dependiente de la Dirección General competente en materia
de relaciones con la Administración de Justicia, tal como dispone el artículo 1 del Reglamento del Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid y se aprueba su Reglamento.
V. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (en adelante, INTCF) es
un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia, cuya función es auxiliar a la Administración de Justicia y contribuir a la unidad de criterio científico y a la calidad de la pericia analítica, así como al desarrollo de las ciencias forenses, según el artículo 480 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Su organización y supervisión corresponden
a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, que depende de la Secretaría de
Estado de Justicia, y su reglamento ha sido aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8 de
mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 5 de junio), modificado por el Real Decreto 63/2015,
de 6 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero).
El artículo 3 de dicho Real Decreto determina que el Instituto tiene sede en Madrid y
su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional. Está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente en Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación
del Departamento de Sevilla en Santa Cruz de Tenerife.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.o del artículo 3 se establece que corresponde al Departamento de Madrid ejercer las funciones que le son propias en el territorio al que se extiende la jurisdicción de los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias,
Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Región de Murcia, País
Vasco y La Rioja.
Por su parte, el capítulo IV regula las relaciones del INTCF con los Institutos de Medicina Legal, estableciendo el artículo 22 que los Departamentos del INTCF y los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses deben establecer, a través de sus directoras o directores respectivos, una permanente y fluida relación encaminada a conseguir una serie de
objetivos y a acordar las actividades que desarrollen la colaboración contemplada en el presente convenio.
De acuerdo con el artículo 23 del mismo texto normativo, el INTCF se constituye
como laboratorio de referencia en materia de análisis toxicológico-forenses y, en tal sentido, llevará a cabo una serie de actuaciones que se reflejan en el propio artículo.
VI. El IMLCF de Madrid, creado por el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de
Madrid y se aprueba su Reglamento modificado por el Decreto 50/2015, de 21 de mayo, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de
Madrid y se aprueba su Reglamento, es un órgano técnico al servicio de la Administración
de Justicia, cuyo objeto es auxiliar a la misma, adscrito a la Consejería de Justicia, Interior
y Víctimas —actualmente, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior— y dependiente
de la Dirección General competente en materia de relaciones con la Administración de Justicia, de cuyo presupuesto forma parte, cuya misión es Auxiliar a los Tribunales, Juzgados,
Fiscalías y Oficinas del Registro Civil de los partidos judiciales de su ámbito, mediante la
práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio,
previstas en la vigente normativa de medicina forense. Asimismo, realiza actividades de docencia y de investigación en las distintas áreas de la medicina forense.
VII. La Consejería competente en materia de justicia podrá establecer conciertos con
entidades públicas o privadas, en particular con el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, dirigidos a conseguir una adecuada cobertura técnica y, en todo caso, para la
mejora de los servicios del Instituto.
El IMLCF de Madrid, desde su creación, ha promovido, como uno de sus pilares básicos, el de la formación y capacitación técnica de los profesionales de la medicina forense a
él adscritos, así como del personal que integra su Laboratorio Forense. Con su entrada en
funcionamiento efectivo, concretada el día 29 de enero de 2020, por Orden 12/2020, de 21 de
enero, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se dispone la entrada en
funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de
Madrid, se produce la asunción efectiva de las y los médicos forenses en proceso de expertización en las diferentes áreas así establecidas, una de las cuales viene definida por la denominada Patología Forense. Su creación supone un salto cualitativo y cuantitativo en el
desarrollo de las ciencias forenses dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de
Madrid, con una adecuada infraestructura para sus diversos Servicios.
BOCM-20230509-26
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 109
co adscrito a dicha Consejería, dependiente de la Dirección General competente en materia
de relaciones con la Administración de Justicia, tal como dispone el artículo 1 del Reglamento del Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid y se aprueba su Reglamento.
V. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (en adelante, INTCF) es
un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia, cuya función es auxiliar a la Administración de Justicia y contribuir a la unidad de criterio científico y a la calidad de la pericia analítica, así como al desarrollo de las ciencias forenses, según el artículo 480 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Su organización y supervisión corresponden
a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, que depende de la Secretaría de
Estado de Justicia, y su reglamento ha sido aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8 de
mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 5 de junio), modificado por el Real Decreto 63/2015,
de 6 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero).
El artículo 3 de dicho Real Decreto determina que el Instituto tiene sede en Madrid y
su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional. Está integrado por tres Departamentos que radican respectivamente en Madrid, Barcelona y Sevilla; y una Delegación
del Departamento de Sevilla en Santa Cruz de Tenerife.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.o del artículo 3 se establece que corresponde al Departamento de Madrid ejercer las funciones que le son propias en el territorio al que se extiende la jurisdicción de los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias,
Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Región de Murcia, País
Vasco y La Rioja.
Por su parte, el capítulo IV regula las relaciones del INTCF con los Institutos de Medicina Legal, estableciendo el artículo 22 que los Departamentos del INTCF y los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses deben establecer, a través de sus directoras o directores respectivos, una permanente y fluida relación encaminada a conseguir una serie de
objetivos y a acordar las actividades que desarrollen la colaboración contemplada en el presente convenio.
De acuerdo con el artículo 23 del mismo texto normativo, el INTCF se constituye
como laboratorio de referencia en materia de análisis toxicológico-forenses y, en tal sentido, llevará a cabo una serie de actuaciones que se reflejan en el propio artículo.
VI. El IMLCF de Madrid, creado por el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de
Madrid y se aprueba su Reglamento modificado por el Decreto 50/2015, de 21 de mayo, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de
Madrid y se aprueba su Reglamento, es un órgano técnico al servicio de la Administración
de Justicia, cuyo objeto es auxiliar a la misma, adscrito a la Consejería de Justicia, Interior
y Víctimas —actualmente, Consejería de Presidencia, Justicia e Interior— y dependiente
de la Dirección General competente en materia de relaciones con la Administración de Justicia, de cuyo presupuesto forma parte, cuya misión es Auxiliar a los Tribunales, Juzgados,
Fiscalías y Oficinas del Registro Civil de los partidos judiciales de su ámbito, mediante la
práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas y de laboratorio,
previstas en la vigente normativa de medicina forense. Asimismo, realiza actividades de docencia y de investigación en las distintas áreas de la medicina forense.
VII. La Consejería competente en materia de justicia podrá establecer conciertos con
entidades públicas o privadas, en particular con el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, dirigidos a conseguir una adecuada cobertura técnica y, en todo caso, para la
mejora de los servicios del Instituto.
El IMLCF de Madrid, desde su creación, ha promovido, como uno de sus pilares básicos, el de la formación y capacitación técnica de los profesionales de la medicina forense a
él adscritos, así como del personal que integra su Laboratorio Forense. Con su entrada en
funcionamiento efectivo, concretada el día 29 de enero de 2020, por Orden 12/2020, de 21 de
enero, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se dispone la entrada en
funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de
Madrid, se produce la asunción efectiva de las y los médicos forenses en proceso de expertización en las diferentes áreas así establecidas, una de las cuales viene definida por la denominada Patología Forense. Su creación supone un salto cualitativo y cuantitativo en el
desarrollo de las ciencias forenses dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de
Madrid, con una adecuada infraestructura para sus diversos Servicios.
BOCM-20230509-26
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