D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230509-46)
Convenio – Convenio de 18 de abril de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación “EXCELTUR, la Alianza para la Excelencia Turística”, para la realización de un estudio de impacto económico del turismo en la Comunidad de Madrid (“Estudio IMPACTUR Comunidad de Madrid 2022”)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
Pág. 333
Tercera
Obligaciones de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid
En virtud de este acuerdo la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid se compromete a lo siguiente:
1. Aportar a EXCELTUR en un plazo máximo de 90 días tras la firma del Convenio
en soporte informático la información descrita en el Anexo I.
2. Organizar en colaboración con EXCELTUR una presentación en un acto público,
de los resultados y valoraciones del estudio IMPACTUR 2022 en el lugar que de forma
conjunta se determine.
3. Aportar el 50% del coste de realización del proyecto 36.300 euros (treinta y seis
mil trescientos euros) IVA incluido, de acuerdo con lo establecido en la cláusula primera
4. Permitir el uso a EXCELTUR del logo de la Comunidad de Madrid para la difusión del proyecto en toda la información que se difunda tanto en los medios de comunicación como en el material informativo que se pudiera distribuir.
Cuarta
Aportación económica
La Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) procederá al
pago a EXCELTUR de los gastos correspondientes por importe de 36.300 euros (treinta y
seis mil trescientos euros) IVA incluido con cargo a la partida presupuestaria 22802 programa 432A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid del año 2023(
Ley 4/2021, de 23 de Diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2022 prorrogados para el ejercicio 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de
la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 2022
hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales de 2023).
El pago se realizará en un pago único previa presentación de la justificación de la ejecución de las aportaciones desarrolladas, para lo que se deberá entregar antes del 15 de diciembre de 2023 la siguiente documentación:
a) Estudio IMPACTUR Comunidad de Madrid 2022.
b) Memoria explicativa de la actividad realizada y acreditación del cumplimiento de
las actuaciones objeto del presente Convenio.
c) Facturas o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el
tráfico jurídico mercantil justificativos de los gastos efectuados.
d) En los supuestos de gastos realizados con medios o recursos propios, documentos
acreditativos de los gastos realizados y la indicación, en su caso, de los criterios
de reparto de los costes generales y/o indirectos.
De no justificarse el importe total del presupuesto previsto, en la cláusula primera la
cuantía que se obliga a aportar la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte) se minorará en proporción al importe justificado por EXCELTUR, representando
siempre el 50% del importe justificado.
Quinta
Se creará una Comisión paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los
problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
Esta Comisión tendrá, entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las
actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su
estudio, así como cualquier otra que se considere conveniente. Asimismo, podrá modificar
las acciones previstas por otras nuevas que sean de mayor interés para alcanzar el objeto de
este convenio, procediéndose en ese caso a lo dispuesto en la cláusula séptima.
El funcionamiento de dicha Comisión de Seguimiento se regulará por lo dispuesto en los
artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión estará integrada por dos representantes de EXCELTUR y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
BOCM-20230509-46
Comisión de Seguimiento
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
Pág. 333
Tercera
Obligaciones de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid
En virtud de este acuerdo la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid se compromete a lo siguiente:
1. Aportar a EXCELTUR en un plazo máximo de 90 días tras la firma del Convenio
en soporte informático la información descrita en el Anexo I.
2. Organizar en colaboración con EXCELTUR una presentación en un acto público,
de los resultados y valoraciones del estudio IMPACTUR 2022 en el lugar que de forma
conjunta se determine.
3. Aportar el 50% del coste de realización del proyecto 36.300 euros (treinta y seis
mil trescientos euros) IVA incluido, de acuerdo con lo establecido en la cláusula primera
4. Permitir el uso a EXCELTUR del logo de la Comunidad de Madrid para la difusión del proyecto en toda la información que se difunda tanto en los medios de comunicación como en el material informativo que se pudiera distribuir.
Cuarta
Aportación económica
La Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) procederá al
pago a EXCELTUR de los gastos correspondientes por importe de 36.300 euros (treinta y
seis mil trescientos euros) IVA incluido con cargo a la partida presupuestaria 22802 programa 432A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid del año 2023(
Ley 4/2021, de 23 de Diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2022 prorrogados para el ejercicio 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de
la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 2022
hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales de 2023).
El pago se realizará en un pago único previa presentación de la justificación de la ejecución de las aportaciones desarrolladas, para lo que se deberá entregar antes del 15 de diciembre de 2023 la siguiente documentación:
a) Estudio IMPACTUR Comunidad de Madrid 2022.
b) Memoria explicativa de la actividad realizada y acreditación del cumplimiento de
las actuaciones objeto del presente Convenio.
c) Facturas o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el
tráfico jurídico mercantil justificativos de los gastos efectuados.
d) En los supuestos de gastos realizados con medios o recursos propios, documentos
acreditativos de los gastos realizados y la indicación, en su caso, de los criterios
de reparto de los costes generales y/o indirectos.
De no justificarse el importe total del presupuesto previsto, en la cláusula primera la
cuantía que se obliga a aportar la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte) se minorará en proporción al importe justificado por EXCELTUR, representando
siempre el 50% del importe justificado.
Quinta
Se creará una Comisión paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los
problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
Esta Comisión tendrá, entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las
actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su
estudio, así como cualquier otra que se considere conveniente. Asimismo, podrá modificar
las acciones previstas por otras nuevas que sean de mayor interés para alcanzar el objeto de
este convenio, procediéndose en ese caso a lo dispuesto en la cláusula séptima.
El funcionamiento de dicha Comisión de Seguimiento se regulará por lo dispuesto en los
artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión estará integrada por dos representantes de EXCELTUR y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
BOCM-20230509-46
Comisión de Seguimiento