Mancomunidad de Municipios del Alto Henares (BOCM-20230509-96)
Otros anuncios. Encomienda gestión
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 109

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023

Pág. 443

BOCM-20230509-96

cuenta que se indique del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres y que serán efectivas durante la última semana del mes, todo ello mientras dure la encomienda de gestión.
Cuarta. Alcance y límites.—La presente encomienda implica exclusivamente la
realización de la actividad administrativa indicada (gestión de nóminas, contabilidad,
subvenciones y ayudas, etc…), y no supone la transferencia de la competencia en esta
materia. La Administración encomendante es la responsable de la comprobación de la actividad encomendada.
Quinta. Vigencia del convenio.—La encomienda de gestión prevista en este convenio tendrá una vigencia coincidente con la vigencia de cada Junta Plenaria, pudiendo rescindirse en cualquier momento por cualquiera de las administraciones locales firmantes,
con la simple comunicación de su voluntad, acordada por el órgano competente municipal,
de dar por terminada la misma, teniendo efectos desde la fecha de la comunicación.
No obstante, las partes podrán acordar una suspensión temporal de los efectos del presente convenio.
Sexta. Naturaleza jurídica.—El presente convenio tiene naturaleza administrativa,
debiendo estarse para la resolución de dudas o conflictos a lo que se establece en la legislación de Régimen Local y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Séptima. Competencia jurisdiccional.—El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid es competente para conocer en única instancia de los recursos que se deduzcan en
relación con el presente convenio, de conformidad con lo dispuestos en el artículo 8 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Octava. Entrada en vigor.—El presente convenio entrará en vigor una vez que haya
sido aprobado por los órganos competentes de cada administración y se aplicará con efectos del 1 de enero del año 2023.
Asimismo, se procederá a la publicación del citado convenio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de lo previsto en el artículo 11.3.b) de la
Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo la Mancomunidad de Municipios del Alto Henares la encargada de efectuar la citada publicación.
Y para que conste a los efectos oportunos se extiende el presente convenio por duplicado
ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Pezuela de las Torres, a 24 de abril de 2023.—Por la Mancomunidad Alto Henares, el
vicepresidente, Santiago Serrano Barranco.—Por el Ayuntamiento de Pezuela, el alcaldepresidente, José Pío Carmena Servert.
(03/7.097/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791