C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230508-19)
Servicios mínimos –  Orden 1516/2023, de 4 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en los centros educativos en los que se presta el servicio de intérpretes de lengua de signos española con ocasión de la huelga convocada para los días 9, 10 y 11 de mayo de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE MAYO DE 2023

Pág. 139

Cuarto
Responsabilidad por incumplimiento de los servicios mínimos
El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.
Quinto
Garantía del derecho fundamental a la huelga
Lo establecido en la presente orden no supondrá limitación alguna de los derechos que
la normativa reguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación.
Sexto
Efectos
La presente orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de mayo de 2023.

CIAL DE LA

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO

BOCM-20230508-19

(03/7.603/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791