La Cabrera (BOCM-20230504-77)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
lo hubiera presentado la propia persona interesada y con carácter previo a la
valoración de los méritos.
— Cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las
funciones propias del puesto de trabajo solicitado, impartidos por Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, por las Universidades y Colegios Oficiales, o bien por cualquier organismo público o privado así como los
impartidos por Centros Oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación
y Ciencia. Si esta documentación estuviera en posesión del ayuntamiento de
La Cabrera por haber sido presentada para la firma de contratos anteriores,
esta documentación la consultará de oficio la propia entidad como si lo hubiera presentado la propia persona interesada.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no se presenten en el plazo y forma señalados anteriormente. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de solicitudes y se acreditarán documentalmente mediante copia junto a la solicitud de participación.
4.4. A efectos del cumplimiento de la normativa de Protección de Datos Personales
y Garantía de Derechos Digitales, el hecho de presentar la instancia implicará la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales.
Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as: Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo de 20
días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos
con indicación de las causas de la exclusión, y se hará pública en el Tablón de Anuncios y
Edictos Digital del ayuntamiento de La Cabrera. La publicación de dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes excluidas con su correspondiente Documento Nacional de Identidad, con indicación de las causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas y
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.2. Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: los
aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el Tablón de Anuncios y Edictos Digital del ayuntamiento de La Cabrera, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del
proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional
automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución
con el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el
Tablón de Anuncios y Edictos Digital del Ayuntamiento de La Cabrera. La publicación de
dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes
excluidas con su correspondiente Documento Nacional de Identidad, con indicación de las
causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas y completas de personas aspirantes admitidas y excluidas con carácter definitivo. A propuesta del órgano de selección, se podrá indicar en la citada resolución, la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba que hubiera de realizarse, sin perjuicio
de que con anterioridad el órgano de selección publique las mismas.
Sexta. Tribunal calificador.
6.1. La designación del Tribunal calificador se efectuará conforme a las prescripciones que respecto a los Tribunales se encuentran contenidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Tribunal calificador ha de contar con un número impar de miembros, no inferior a
cinco, debiendo designarse el mismo número de suplentes.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentar esta en representación o por cuenta de nadie.
La designación de los miembros que componen el Tribunal Calificador se harán públicos junto con la aprobación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y con voto. La composición del tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especiali-
Pág. 233
BOCM-20230504-77
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
lo hubiera presentado la propia persona interesada y con carácter previo a la
valoración de los méritos.
— Cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las
funciones propias del puesto de trabajo solicitado, impartidos por Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, por las Universidades y Colegios Oficiales, o bien por cualquier organismo público o privado así como los
impartidos por Centros Oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación
y Ciencia. Si esta documentación estuviera en posesión del ayuntamiento de
La Cabrera por haber sido presentada para la firma de contratos anteriores,
esta documentación la consultará de oficio la propia entidad como si lo hubiera presentado la propia persona interesada.
No serán admitidas aquellas solicitudes que no se presenten en el plazo y forma señalados anteriormente. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de solicitudes y se acreditarán documentalmente mediante copia junto a la solicitud de participación.
4.4. A efectos del cumplimiento de la normativa de Protección de Datos Personales
y Garantía de Derechos Digitales, el hecho de presentar la instancia implicará la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales.
Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as: Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo de 20
días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos
con indicación de las causas de la exclusión, y se hará pública en el Tablón de Anuncios y
Edictos Digital del ayuntamiento de La Cabrera. La publicación de dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes excluidas con su correspondiente Documento Nacional de Identidad, con indicación de las causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas y
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.2. Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: los
aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a
partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el Tablón de Anuncios y Edictos Digital del ayuntamiento de La Cabrera, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen
los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del
proceso de selección. En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional
automáticamente a definitiva.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución
con el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el
Tablón de Anuncios y Edictos Digital del Ayuntamiento de La Cabrera. La publicación de
dicha resolución contendrá como Anexo único, la relación nominal de personas aspirantes
excluidas con su correspondiente Documento Nacional de Identidad, con indicación de las
causas de inadmisión, así como los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas certificadas y completas de personas aspirantes admitidas y excluidas con carácter definitivo. A propuesta del órgano de selección, se podrá indicar en la citada resolución, la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba que hubiera de realizarse, sin perjuicio
de que con anterioridad el órgano de selección publique las mismas.
Sexta. Tribunal calificador.
6.1. La designación del Tribunal calificador se efectuará conforme a las prescripciones que respecto a los Tribunales se encuentran contenidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Tribunal calificador ha de contar con un número impar de miembros, no inferior a
cinco, debiendo designarse el mismo número de suplentes.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentar esta en representación o por cuenta de nadie.
La designación de los miembros que componen el Tribunal Calificador se harán públicos junto con la aprobación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y con voto. La composición del tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especiali-
Pág. 233
BOCM-20230504-77
BOCM