D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230501-8)
Convenio – Convenio de 14 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Española de Baloncesto, para colaborar en la celebración de un partido de la Selección Española de Baloncesto
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BOCM
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 102
— De igual forma, informar a todos los ayuntamientos y a los clubes de baloncesto de
la Comunidad de Madrid a través de la Federación de Baloncesto de Madrid.
— Realizar, en colaboración con la Federación, el seguimiento de la actividad, así
como de las incidencias de carácter deportivo que puedan surgir en su desarrollo.
— Gestión e información a los deportistas participantes y a sus entrenadores y familiares sobre los alojamientos, transportes, desplazamientos, actividades culturales
de la Comunidad de Madrid, zonas de ocio, etc., que puedan ser de interés y utilidad durante su estancia.
— Dar difusión de la celebración del partido a través de las redes sociales de la Comunidad de Madrid.
— Dar difusión de la celebración del partido en el WiZink Center de la Comunidad
de Madrid, a través de los sistemas audiovisuales existentes en la instalación.
— Facilitar la imagen institucional de la Comunidad de Madrid para su inclusión en
los diferentes soportes que se utilicen para la difusión y realización del torneo.
— Designar a la autoridad de la Comunidad de Madrid que participará en el acto de presentación del partido objeto del convenio junto con el presidente de la Federación.
— Participar en la entrega de premios.
Cuarta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse de un evento deportivo de gran interés público, la Comunidad de Madrid
abonará a la Federación la cantidad de 36.300 euros, que incluye todo tipo de impuestos y
gastos que puedan corresponder, en concepto de canon por albergar un encuentro de la Selección Española Absoluta masculina de Baloncesto.
Dicho importe será abonado con cargo al subconcepto 22802 del programa 336A de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023 (Ley 4/2021, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados
para 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023), una vez realizadas las obligaciones que la Federación asume de acuerdo a lo previsto en la cláusula segunda del presente
convenio, tras la celebración de la competición.
El pago será único y se realizará previa presentación por parte de la Federación, en el
plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización del evento, de la correspondiente factura, por importe máximo de 36.300 euros, IVA incluido.
El importe del canon se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el presente convenio a cargo de la Federación.
Quinta
Vigencia y modificación del convenio
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el 15 de septiembre
de 2023, sin posibilidad de prórroga.
Asimismo, las partes podrán modificar lo estipulado en este convenio, de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda con anterioridad a la celebración
del partido.
Sexta
Será motivo de extinción del presente convenio el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o la existencia de una de las causas de resolución previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se entenderá que existe incumplimiento cuando la Comunidad de Madrid o la Federación incumplan sus obligaciones de manera que no pueda desarrollarse con normalidad la
competición.
En caso de incumplimiento por parte de la Federación, la Comunidad de Madrid solo
abonará los servicios efectivamente realizados hasta la extinción.
BOCM-20230501-8
Causas de extinción
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 1 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 102
— De igual forma, informar a todos los ayuntamientos y a los clubes de baloncesto de
la Comunidad de Madrid a través de la Federación de Baloncesto de Madrid.
— Realizar, en colaboración con la Federación, el seguimiento de la actividad, así
como de las incidencias de carácter deportivo que puedan surgir en su desarrollo.
— Gestión e información a los deportistas participantes y a sus entrenadores y familiares sobre los alojamientos, transportes, desplazamientos, actividades culturales
de la Comunidad de Madrid, zonas de ocio, etc., que puedan ser de interés y utilidad durante su estancia.
— Dar difusión de la celebración del partido a través de las redes sociales de la Comunidad de Madrid.
— Dar difusión de la celebración del partido en el WiZink Center de la Comunidad
de Madrid, a través de los sistemas audiovisuales existentes en la instalación.
— Facilitar la imagen institucional de la Comunidad de Madrid para su inclusión en
los diferentes soportes que se utilicen para la difusión y realización del torneo.
— Designar a la autoridad de la Comunidad de Madrid que participará en el acto de presentación del partido objeto del convenio junto con el presidente de la Federación.
— Participar en la entrega de premios.
Cuarta
Aportación económica de la Comunidad de Madrid
Por tratarse de un evento deportivo de gran interés público, la Comunidad de Madrid
abonará a la Federación la cantidad de 36.300 euros, que incluye todo tipo de impuestos y
gastos que puedan corresponder, en concepto de canon por albergar un encuentro de la Selección Española Absoluta masculina de Baloncesto.
Dicho importe será abonado con cargo al subconcepto 22802 del programa 336A de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023 (Ley 4/2021, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados
para 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023), una vez realizadas las obligaciones que la Federación asume de acuerdo a lo previsto en la cláusula segunda del presente
convenio, tras la celebración de la competición.
El pago será único y se realizará previa presentación por parte de la Federación, en el
plazo máximo de quince días hábiles desde la finalización del evento, de la correspondiente factura, por importe máximo de 36.300 euros, IVA incluido.
El importe del canon se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el presente convenio a cargo de la Federación.
Quinta
Vigencia y modificación del convenio
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el 15 de septiembre
de 2023, sin posibilidad de prórroga.
Asimismo, las partes podrán modificar lo estipulado en este convenio, de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda con anterioridad a la celebración
del partido.
Sexta
Será motivo de extinción del presente convenio el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o la existencia de una de las causas de resolución previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se entenderá que existe incumplimiento cuando la Comunidad de Madrid o la Federación incumplan sus obligaciones de manera que no pueda desarrollarse con normalidad la
competición.
En caso de incumplimiento por parte de la Federación, la Comunidad de Madrid solo
abonará los servicios efectivamente realizados hasta la extinción.
BOCM-20230501-8
Causas de extinción