D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230428-33)
Convenio –  Convenio de 15 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Economía, Hacienda y Empleo y de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y la Asociación Patio Campus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 2.000.000 de euros, para financiar la promoción y el fomento del emprendimiento y la atracción del talento, mediante la creación de un campus de emprendimiento empresarial e innovación sostenible en Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

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La razones económicas y sociales esgrimidas unidas a la particularidad del proyecto,
sin duda dificultan su convocatoria pública.
Igualmente se ha incorporado al expediente informe justificativo de la concurrencia de
las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa, conforme a lo establecido en el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
V. Que, en vista de lo expuesto, las partes han acordado en firmar el presente convenio-subvención (en adelante, el “convenio”), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, el presente convenio tiene por objeto
articular una subvención directa a Patio para la promoción y el fomento del emprendimiento y la atracción del talento, mediante la creación de un campus de emprendimiento empresarial e innovación sostenible en Madrid.
2. Igualmente, este convenio tiene como objeto instrumentalizar la relación de la Comunidad de Madrid como socio patrocinador de Patio.
Segunda
Actuaciones

Tercera
Requisitos de patio
Patio, como beneficiaria de la subvención de concesión directa, deberá cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Así, con carácter previo a la concesión de la ayuda, deberá haber acreditado que no incurre en ninguna prohibición de las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17

BOCM-20230428-33

1. Para hacer efectiva la realización del objeto del presente convenio la entidad firmante realizará y difundirá una serie de acciones vinculadas con:
a) La mejora de la imagen de la economía de la Comunidad de Madrid.
b) El impulso del emprendimiento, de las startups y pymes de la región.
c) La atracción de inversión y de talento a la Comunidad de Madrid.
d) La dinamización e incremento de la competitividad de la economía de la Comunidad de Madrid.
e) La creación y desarrollo de nuevos proyectos de innovación y sostenibilidad.
f) La generación de empleo de elevado valor añadido.
g) El incremento de la eficiencia de la Administración Pública a través de programas
de innovación y de formación, y/o mediante el acceso a empresas innovadoras seleccionadas por Patio.
2. Las actividades que se van a realizar para el cumplimiento de las acciones descritas en el apartado anterior son:
a) La creación, desarrollo y gestión de un campus referente en el emprendimiento
empresarial e innovación sostenible, capaz de conectar a startups, inversores, entidades y organismos públicos y/o privados, universidades y escuelas de negocio
y distintas corporaciones de alta trayectoria profesional, diseñando así un ecosistema emprendedor y pionero en la Comunidad de Madrid.
b) Organización de eventos relacionados con la innovación, emprendimiento, inversión y financiación de empresas, gestión de talento, nuevas tecnologías, networking y sobre negocios en general.
c) Apertura de una ventanilla única para emprendedores para atender a consultas sobre trámites con la Administración, gestión de ayudas y subvenciones, etc.
d) Desarrollo de programas formativos para emprendedores, inversores, directivos y
empleados de las organizaciones que forman parte del ecosistema emprendedor.