C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230428-25)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valeo Service España, S. A. U. (código número: 28103002012021)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 210

VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 100

CONVENIO COLECTIVO DE VALEO SERVICE ESPAÑA, S.A.U.
PREÁMBULO
El presente Convenio tiene como objeto regular las condiciones de trabajo entre la Empresa Valeo
Service España S.A.U., y las personas trabajadoras vinculadas a ella mediante relación laboral
establecida en virtud de las distintas modalidades contractuales contempladas por la legislación
vigente en cada momento y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos siguientes. Igualmente,
constituye la expresión libremente adoptada por las partes en el ejercicio de su autonomía colectiva,
y se ampara en la fuerza normativa que refiere el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
(“Estatuto de los Trabajadores”, en adelante).
En virtud del principio de no concurrencia dispuesto en el artículo 84 del Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, no se podrá invocar a ningún efecto la aplicabilidad de normas dimanantes
de Convenios Colectivos de ámbito distinto, aun cuando anteriormente hubieran tenido vigencia en
VALEO SERVICE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante la Compañía o la Empresa).
Las partes firmantes del presente Convenio son el Comité de Empresa y la Dirección de Valeo
Service España, S.A.U.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1 - ÁMBITO TERRITORIAL
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a las personas trabajadoras que integran la
plantilla, actual o futura, de VALEO SERVICE ESPAÑA, S.A.U.
ARTÍCULO 2 - ÁMBITO PERSONAL
Las normas contenidas en este Convenio afectarán a todas las personas trabajadoras que durante
su vigencia pertenezca a la plantilla de VALEO SERVICE ESPAÑA, S.A.U.
ARTÍCULO 3 - ÁMBITO TEMPORAL
3.1.- Vigencia
El presente Convenio Colectivo, tendrá una duración de tres años, por lo que extenderá su vigencia
desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, con independencia del momento de
su firma y de su publicación en el B.O.C.A.M.
3.2.- Denuncia
La denuncia del Convenio deberá efectuarse mediante comunicación escrita con dos meses de
antelación al término de la vigencia del mismo, que la parte que la efectúa dirigirá a la otra parte
firmante del mismo, enviando una copia de dicha comunicación a la Autoridad Laboral competente.
Efectuada la denuncia, la totalidad de la regulación contenida en el Convenio Colectivo se mantendrá en
vigor desde la fecha de finalización de su vigencia hasta la entrada en vigor del Convenio que lo sustituya.
3.3.- Prórroga

ARTÍCULO 4 - COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN
4.1.- Compensación
Las condiciones establecidas en el presente Convenio serán compensables hasta donde alcancen,
con las mejoras y retribuciones que sobre las mínimas reglamentarias viniese abonando VALEO
SERVICE ESPAÑA, S.A.U., cualquiera que sea el motivo, la denominación y forma de las mismas.

BOCM-20230428-25

De no efectuarse denuncia del Convenio por ninguna de las partes en los términos expresados en
el apartado anterior, el Convenio se entenderá prorrogado de año en año.