C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230428-26)
Concesión ayudas – Resolución 1964/2023, de 26 de abril, de la Directora General de Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2022 a 49.998 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023
Pág. 235
Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que
dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de abril de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), la Directora General de Integración, María
Dolores Navarro Ruiz.
BOCM-20230428-26
(03/7.197/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023
Pág. 235
Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que
dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 26 de abril de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), la Directora General de Integración, María
Dolores Navarro Ruiz.
BOCM-20230428-26
(03/7.197/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791