B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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BOCM

JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 99

ción” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “FP y Enseñanza Secundaria (con
atribución docente en FP)”.
Cuarta
Lista de admitidos y excluidos
La publicación de las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos se
ajustará a lo dispuesto en la base quinta del Título I.
Quinta
Órganos de selección
Los órganos de selección para este procedimiento serán los mismos a que se refiere la
base sexta del Título I y ejercerán las mismas funciones que se enumeran en la mencionada base, conforme a lo establecido en el Anexo VIII.
Sexta
Comienzo y desarrollo de las pruebas
El comienzo y desarrollo de las pruebas se realizará conforme a lo dispuesto en el apartado 8.1 del Título I y en el Anexo VIII de la resolución de convocatoria.
Séptima
Sistema de selección
Conforme a lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los funcionarios de los cuerpos de catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros
de Taller de Artes Plásticas y Diseño podrán adquirir nuevas especialidades, dentro del Cuerpo al que pertenecen, mediante la realización de una prueba, que constará de dos partes: La
primera parte consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se opta,
elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes criterios:
a) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tiene que escoger de entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se tiene que
escoger de entre cinco temas.
La exposición se completará con un planteamiento didáctico del tema, referido a un
determinado curso, elegido libremente por el aspirante, concretado sobre un módulo, teniendo en cuenta la contribución del módulo a los objetivos generales del ciclo formativo
y a las competencias profesionales y transversales, las unidades de competencia propias del
perfil profesional de que se trate con las que se relaciona, los resultados de aprendizaje y
los criterios de evaluación, los contenidos básicos, las orientaciones pedagógicas y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de los elementos vinculados a la digitalización y la sostenibilidad aplicados al sector, y en la especialidad de Servicios a la Comunidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se podrá optar por referirse a un
programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y
psicopedagógica.
La exposición a que se refiere el apartado anterior tendrá una duración máxima de una
hora y treinta minutos. El aspirante dispondrá de dos horas para su preparación, pudiendo
utilizar en ella el material que estime oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de
dicha comunicación, siendo aplicable lo dispuesto en el Anexo VIII de esta resolución. Los
tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.
La segunda parte, de carácter práctico, se ajustará a lo dispuesto en el Anexo VII de
esta convocatoria. El tiempo para la realización de esta segunda parte será establecido, en
función de las características de cada especialidad, por la comisión de selección o el tribunal único. Estos participantes realizarán la misma prueba práctica que los participantes de
ingreso libre.
Los aspirantes que concurran por este procedimiento deberán presentarse obligatoriamente a las dos partes.

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