B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
Pág. 37
Las comisiones de selección o, en su caso, el tribunal único, expondrán la lista a que
se refiere el apartado anterior, en los tablones de las sedes en los que se han realizado las
pruebas, así como en el tablón electrónico de cada tribunal.
Mediante resolución del Director General de Recursos Humanos, que se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se anunciará la publicación de la relación
de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo, distribuidos por especialidades,
con indicación del número de orden obtenido en el procedimiento, de acuerdo con la puntuación alcanzada, así como dicha puntuación global. Asimismo, las listas de seleccionados serán
publicadas en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023 . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación”
(comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “FP y Enseñanza Secundaria (con atribución docente en FP)”.
10.3. Comunicación de opción para los seleccionados a ingresar en el mismo cuerpo
y los que la han superado en más de un cuerpo.
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el mismo cuerpo, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas, en el plazo de 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar por el
ingreso en una de estas Administraciones al término de las pruebas, renunciando a todos los
derechos que pudiera corresponderles por su participación en la/s restante/s. De no realizar
esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
Los aspirantes que han superado la fase de oposición y concurso por más de un cuerpo y/o especialidad, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas, deberán manifestar, por escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, la opción para
la realización del periodo de prácticas en uno de los cuerpos o especialidades y solicitar prórroga en el resto.
10.4. Renuncia de aspirantes seleccionados.
Cuando se produzca la renuncia de alguno de los aspirantes seleccionados, antes de la
publicación de la resolución por la que se nombran funcionarios de carrera, y siempre que
se haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, la Dirección General de Recursos Humanos, con el fin de asegurar la cobertura de la
totalidad de dichas plazas, podrá requerir de los correspondientes órganos de selección, relación complementaria de los aspirantes que figuren en el lugar inmediatamente inferior al
último de los inicialmente propuestos, y con una puntuación de al menos 5 puntos en la fase
de oposición, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
Undécima
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, estos deberán presentar, de forma electrónica, los documentos que se indican a continuación:
a) Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública (Anexo XI).
b) Declaración de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas
(Anexo XI).
c) Declaración de no estar afectado por incompatibilidad (Anexo XII).
d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración
responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal, que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
e) Todos los aspirantes que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar
el certificado personal de dicho Registro.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de
su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados
en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre,
BOCM-20230427-1
Documentación a entregar por los aspirantes seleccionados
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
Pág. 37
Las comisiones de selección o, en su caso, el tribunal único, expondrán la lista a que
se refiere el apartado anterior, en los tablones de las sedes en los que se han realizado las
pruebas, así como en el tablón electrónico de cada tribunal.
Mediante resolución del Director General de Recursos Humanos, que se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se anunciará la publicación de la relación
de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo, distribuidos por especialidades,
con indicación del número de orden obtenido en el procedimiento, de acuerdo con la puntuación alcanzada, así como dicha puntuación global. Asimismo, las listas de seleccionados serán
publicadas en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023 . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación”
(comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “FP y Enseñanza Secundaria (con atribución docente en FP)”.
10.3. Comunicación de opción para los seleccionados a ingresar en el mismo cuerpo
y los que la han superado en más de un cuerpo.
Los aspirantes que superen la fase de oposición y concurso para el ingreso en el mismo cuerpo, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas, en el plazo de 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de la lista de seleccionados, deberán optar por el
ingreso en una de estas Administraciones al término de las pruebas, renunciando a todos los
derechos que pudiera corresponderles por su participación en la/s restante/s. De no realizar
esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
Los aspirantes que han superado la fase de oposición y concurso por más de un cuerpo y/o especialidad, por ésta y por otra u otras Administraciones Educativas, deberán manifestar, por escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, la opción para
la realización del periodo de prácticas en uno de los cuerpos o especialidades y solicitar prórroga en el resto.
10.4. Renuncia de aspirantes seleccionados.
Cuando se produzca la renuncia de alguno de los aspirantes seleccionados, antes de la
publicación de la resolución por la que se nombran funcionarios de carrera, y siempre que
se haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, la Dirección General de Recursos Humanos, con el fin de asegurar la cobertura de la
totalidad de dichas plazas, podrá requerir de los correspondientes órganos de selección, relación complementaria de los aspirantes que figuren en el lugar inmediatamente inferior al
último de los inicialmente propuestos, y con una puntuación de al menos 5 puntos en la fase
de oposición, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
Undécima
En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, estos deberán presentar, de forma electrónica, los documentos que se indican a continuación:
a) Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública (Anexo XI).
b) Declaración de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas
(Anexo XI).
c) Declaración de no estar afectado por incompatibilidad (Anexo XII).
d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración
responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal, que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.
e) Todos los aspirantes que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar
el certificado personal de dicho Registro.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de
su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados
en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre,
BOCM-20230427-1
Documentación a entregar por los aspirantes seleccionados