B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
8.5.1.2.
B.O.C.M. Núm. 99
Segunda prueba. Prueba de aptitud pedagógica.
La Segunda Prueba de la oposición se compone de dos partes Parte A y Parte B, que
se valorarán globalmente.
Los aspirantes que hayan superado la Primera Prueba deberán hacer entrega de la programación didáctica en la fecha y hora que indique cada tribunal. Para ello cada aspirante
deberá hacer entrega de la programación didáctica en formato papel.
Las personas que no hubieran presentado la programación didáctica en la fecha y hora
fijadas para su entrega, se entenderá que renuncian a continuar el proceso selectivo y perderán todos los derechos derivados del mismo. El acto de entrega de programación será la
única actuación susceptible de ser realizada por medio de representante, siempre y cuando
el aspirante haya otorgado legalmente la representación.
La programación didáctica, que será defendida oralmente ante el tribunal, hará referencia al currículo de un módulo profesional o específico de la modalidad presencial (excluido el módulo de proyecto intermodular), en el que se tenga atribución docente en la especialidad por la que se participa e impartido en la oferta de Formación Profesional
integrada en el sistema educativo. La programación se delimitará a un curso escolar y se
ajustará a los criterios de valoración expuestos en el Anexo VIII de esta resolución.
En la especialidad de Servicios a la Comunidad del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, los aspirantes, también podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
La normativa y currículos de aplicación para la elaboración de la programación didáctica serán los vigentes en la Comunidad de Madrid en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La programación didáctica en las especialidades propias de la Formación Profesional,
tanto del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, deberá especificar, al menos,
la contribución del módulo a los objetivos generales del ciclo formativo y a las competencias profesionales y transversales; las unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate con las que se relaciona; los resultados de aprendizaje y los criterios de
evaluación, con especial referencia a los mínimos exigibles para su superación; los contenidos básicos; las orientaciones pedagógicas y los recursos didácticos, incluyendo el uso
pertinente de los elementos vinculados a la digitalización y la sostenibilidad aplicados al
sector. Se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así como tecnologías de la información y comunicación adaptadas a la impartición de
la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a la metodología y al uso pertinente de los elementos vinculados a la digitalización.
Asimismo, deberá recoger los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios
de calificación; las actividades de recuperación, y la atención al alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo.
Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en unidades didácticas/unidades de trabajo/proyectos o retos, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una
programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de quince unidades didácticas/unidades de trabajo, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.
La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante. Esta programación no deberá haber sido puesta a disposición de ningún centro educativo y tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y
anexos. Será presentada en tamaño DIN-A4, por una sola cara con letra tipo Arial de 12
puntos sin comprimir y con interlineado doble. Los márgenes izquierdo, derecho, superior
e inferior serán de 2,54 cm cada uno. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo.
La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión
máxima de 80 páginas.
En el caso de que el tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el
requisito de elaboración propia o de que se ha puesto a disposición de algún Centro Educativo, la puntuación que se otorgará a la Parte A de la Segunda Prueba será de 0 puntos.
BOCM-20230427-1
Parte A. Presentación de una programación didáctica.
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
8.5.1.2.
B.O.C.M. Núm. 99
Segunda prueba. Prueba de aptitud pedagógica.
La Segunda Prueba de la oposición se compone de dos partes Parte A y Parte B, que
se valorarán globalmente.
Los aspirantes que hayan superado la Primera Prueba deberán hacer entrega de la programación didáctica en la fecha y hora que indique cada tribunal. Para ello cada aspirante
deberá hacer entrega de la programación didáctica en formato papel.
Las personas que no hubieran presentado la programación didáctica en la fecha y hora
fijadas para su entrega, se entenderá que renuncian a continuar el proceso selectivo y perderán todos los derechos derivados del mismo. El acto de entrega de programación será la
única actuación susceptible de ser realizada por medio de representante, siempre y cuando
el aspirante haya otorgado legalmente la representación.
La programación didáctica, que será defendida oralmente ante el tribunal, hará referencia al currículo de un módulo profesional o específico de la modalidad presencial (excluido el módulo de proyecto intermodular), en el que se tenga atribución docente en la especialidad por la que se participa e impartido en la oferta de Formación Profesional
integrada en el sistema educativo. La programación se delimitará a un curso escolar y se
ajustará a los criterios de valoración expuestos en el Anexo VIII de esta resolución.
En la especialidad de Servicios a la Comunidad del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, los aspirantes, también podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
La normativa y currículos de aplicación para la elaboración de la programación didáctica serán los vigentes en la Comunidad de Madrid en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La programación didáctica en las especialidades propias de la Formación Profesional,
tanto del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria como del cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, deberá especificar, al menos,
la contribución del módulo a los objetivos generales del ciclo formativo y a las competencias profesionales y transversales; las unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate con las que se relaciona; los resultados de aprendizaje y los criterios de
evaluación, con especial referencia a los mínimos exigibles para su superación; los contenidos básicos; las orientaciones pedagógicas y los recursos didácticos, incluyendo el uso
pertinente de los elementos vinculados a la digitalización y la sostenibilidad aplicados al
sector. Se podrán incluir medidas metodológicas, recursos didácticos o actividades virtuales, así como tecnologías de la información y comunicación adaptadas a la impartición de
la enseñanza, siendo en tal caso estimados por el tribunal en los criterios de valoración referidos a la metodología y al uso pertinente de los elementos vinculados a la digitalización.
Asimismo, deberá recoger los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios
de calificación; las actividades de recuperación, y la atención al alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo.
Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en unidades didácticas/unidades de trabajo/proyectos o retos, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, una
programación para un curso escolar deberá contener un mínimo de quince unidades didácticas/unidades de trabajo, cada una de las cuales deberá ir debidamente numerada en el índice.
La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante. Esta programación no deberá haber sido puesta a disposición de ningún centro educativo y tendrá una extensión máxima de 80 páginas, incluidos los materiales de apoyo y
anexos. Será presentada en tamaño DIN-A4, por una sola cara con letra tipo Arial de 12
puntos sin comprimir y con interlineado doble. Los márgenes izquierdo, derecho, superior
e inferior serán de 2,54 cm cada uno. Si en la programación se incorporan tablas, estas deberán cumplir los requisitos anteriores a excepción del interlineado que podrá ser sencillo.
La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión
máxima de 80 páginas.
En el caso de que el tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el
requisito de elaboración propia o de que se ha puesto a disposición de algún Centro Educativo, la puntuación que se otorgará a la Parte A de la Segunda Prueba será de 0 puntos.
BOCM-20230427-1
Parte A. Presentación de una programación didáctica.