B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
Pág. 21
nir los aspirantes”, quedarían excluidos del procedimiento y anuladas sus actuaciones, en
caso de que se hubiera producido alguna, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Lo establecido en el apartado anterior también será aplicable si se observase algún indicio de manipulación en los documentos justificativos de los méritos presentados junto con
la solicitud.
Quinta
5.1. Listas provisionales.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos
Humanos dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos. En dicha resolución, se informará de los aspirantes que, por no
poseer la nacionalidad española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de la prueba a la que se alude en el apartado 3.1.a) del presente Título I.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 8.6.1 del presente Título I,
contendrá la relación de aspirantes del acceso a cuerpos docentes de subgrupo superior con
titulación concordante.
Tanto la resolución como las listas se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid
en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023 .
También se podrá acceder, a efectos meramente informativos, a través del portal “personal
+educación”, www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “FP y Enseñanza Secundaria (con atribución docente en FP)”.
5.1.1. Subsanación de las listas provisionales.
Para la subsanación de las listas provisionales, los aspirantes excluidos dispondrán de
un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la exposición de las
mismas. Los aspirantes que hayan detectado errores habrán de manifestar tal circunstancia
en este mismo plazo.
Las solicitudes de subsanación o alegaciones a las listas provisionales de admitidos y
excluidos se realizarán a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO) en los plazos que se establezcan. Al acceder a la aplicación, se seleccionará la solicitud sobre la que
quiere subsanar o alegar; a continuación, se describirá la motivación, se aportarán en su
caso los documentos que se consideren, y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el
número de registro con fecha y hora.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con el trámite al que se hace alusión en esta base se dará por cumplido el trámite de
subsanación y mejora de solicitud al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4 de la
Ley 39/2015.
5.2. Listas definitivas.
Resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos
dictará resolución publicando las listas definitivas de admitidos y excluidos, considerándose, desestimadas las subsanaciones o alegaciones no recogidas en las mismas.
Con esta publicación se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Estas listas se publicarán en el Portal de la Comunidad en la misma ruta establecida en
el apartado 5.1 de esta resolución.
Contra la resolución por la que se publican las listas definitivas de admitidos y excluidos,
podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de exposición de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El hecho de figurar en las listas definitivas de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en los procedimientos selectivos
que se convocan mediante la presente resolución.
BOCM-20230427-1
Listas de admitidos y excluidos
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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nir los aspirantes”, quedarían excluidos del procedimiento y anuladas sus actuaciones, en
caso de que se hubiera producido alguna, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Lo establecido en el apartado anterior también será aplicable si se observase algún indicio de manipulación en los documentos justificativos de los méritos presentados junto con
la solicitud.
Quinta
5.1. Listas provisionales.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos
Humanos dictará resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos. En dicha resolución, se informará de los aspirantes que, por no
poseer la nacionalidad española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de la prueba a la que se alude en el apartado 3.1.a) del presente Título I.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 8.6.1 del presente Título I,
contendrá la relación de aspirantes del acceso a cuerpos docentes de subgrupo superior con
titulación concordante.
Tanto la resolución como las listas se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid
en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023 .
También se podrá acceder, a efectos meramente informativos, a través del portal “personal
+educación”, www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “FP y Enseñanza Secundaria (con atribución docente en FP)”.
5.1.1. Subsanación de las listas provisionales.
Para la subsanación de las listas provisionales, los aspirantes excluidos dispondrán de
un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la exposición de las
mismas. Los aspirantes que hayan detectado errores habrán de manifestar tal circunstancia
en este mismo plazo.
Las solicitudes de subsanación o alegaciones a las listas provisionales de admitidos y
excluidos se realizarán a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO) en los plazos que se establezcan. Al acceder a la aplicación, se seleccionará la solicitud sobre la que
quiere subsanar o alegar; a continuación, se describirá la motivación, se aportarán en su
caso los documentos que se consideren, y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el
número de registro con fecha y hora.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con el trámite al que se hace alusión en esta base se dará por cumplido el trámite de
subsanación y mejora de solicitud al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4 de la
Ley 39/2015.
5.2. Listas definitivas.
Resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos
dictará resolución publicando las listas definitivas de admitidos y excluidos, considerándose, desestimadas las subsanaciones o alegaciones no recogidas en las mismas.
Con esta publicación se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Estas listas se publicarán en el Portal de la Comunidad en la misma ruta establecida en
el apartado 5.1 de esta resolución.
Contra la resolución por la que se publican las listas definitivas de admitidos y excluidos,
podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de exposición de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El hecho de figurar en las listas definitivas de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en los procedimientos selectivos
que se convocan mediante la presente resolución.
BOCM-20230427-1
Listas de admitidos y excluidos