D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230426-17)
Convenio –  Convenio de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la International Police Association (IPA) Madrid, sobre actividades de formación e interés policial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 98

MIÉRCOLES 26 DE ABRIL DE 2023

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d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores legalmente prevista.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, si existieran actuaciones en curso concurriendo cualquiera de las causas de resolución del convenio, las partes, a propuesta de la comisión mixta de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para
su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en esa misma ley.
Séptima
Régimen jurídico
El presente convenio específico tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de
la aplicación de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, por la
que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, según lo establecido en
el artículo 6.2.
La regulación del convenio se regirá por las prescripciones del capítulo sexto del Título Preliminar, artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Se aplicarán los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, de conformidad con
lo establecido en el artículo 4 de la citada Ley.
Octava
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, corresponde conocer de las discrepancias, que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en
la cláusula cuarta, a los juzgados y tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Novena
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que
se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio específico, salvo
aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio específico queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio.
En Madrid, a 29 de marzo de 2023.—Por la Comunidad de Madrid: el Consejero de
Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López López.—Por IPA Madrid: el Presidente, Antonio Jesús Gómez Montejano.
(03/6.304/23)
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ISSN 1989-4791

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