C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230425-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Sulquisa, S. A. (código número 28006802011991)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 97

MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

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Personal Subalterno
PERSONAL DE LIMPIEZA
 Es la persona de S.A.U. SULQUISA que se encarga de la limpieza de oficinas, vestuarios y
sala de transportistas, así como cualquier otra área que se designe.
ARTÍCULO 15º.- GRUPOS TARIFA SEGURIDAD SOCIAL.
JEFES DE TURNO: Grupo de cotización 4
OFICIALES DE EXPEDICIONES, Oficial 1ª A Oficial 1ª B Grupo de cotización 8.
OFICIALES DE 1ª E, 1ªA y 1ª B de planta tratamiento vigilancia, equipos de limpieza y almacén de
ensacado: Grupo de cotización 8
OFICIALES DE 1ªC de planta tratamiento vigilancia, equipos de limpieza y almacén de ensacado:
Grupo de cotización 9.
PEONES de planta tratamiento vigilancia, equipos de limpieza y almacén de ensacado: Grupo de
cotización 10.
PERSONAL DE LIMPIEZA: Grupo de cotización 10
ARTÍCULO 16º.- INGRESOS DEL PERSONAL.
Todo trabajador que se incorpore a "S.A.U. SULQUISA", deberá pasar un reconocimiento médico
para probar su buen estado de salud.
ARTÍCULO 17º.- ASCENSOS.
Los trabajadores de la empresa tendrán prioridad para los ascensos de las plazas vacantes, teniendo
en cuenta la antigüedad, siempre y cuando se esté cualificado y reúnan las suficientes aptitudes
para cubrir la plaza vacante.
ARTÍCULO 18º.- EXCEDENCIAS.
Se estará sujeto a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
CAPÍTULO IV
JORNADA DE TRABAJO, HORARIO, HORAS EXTRAORDINARIAS Y VACACIONES
ARTÍCULO 19º.- JORNADA DE TRABAJO.
La jornada laboral será de 1.792 horas anuales en el 2022-2023, pasando a ser 1.784 horas en el
año 2024.Los trabajadores de planta de tratamiento, vigilancia, equipos de limpieza, servicios
auxiliares y almacén de ensacado que trabajen en turnos rotativos, complementarán el defecto de
horas trabajadas, mediante la prestación de sus servicios y categorías correspondientes en los días
que se señalen, hasta completar el número de horas anuales.
ARTÍCULO 20º.- HORARIO.
1.- Para el personal de Plantas de tratamiento, Servicios Auxiliares y Almacén de Ensacado (Jefes
de Turno y Oficiales):
 Turno 1º: de las 06,00 a las 14,00 horas.
 Turno 2º: de las 14,00 a las 22,00 horas.
 Turno 3º: de las 22,00 a las 06,00 horas.
2.- Para Oficiales de Expediciones de lunes a viernes:

3.- Para el Personal de Limpieza: lunes, miércoles y viernes.
 Jornada: de 6,00 a 10:45 h.
ARTÍCULO 21º.- HORAS EXTRAORDINARIAS.
Las horas extraordinarias que se realicen por necesidades de trabajo, estarán sujetas a lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La retribución de la hora extra es la especificada en las tablas del Anexo 1.

BOCM-20230425-18

 Turno 1º: de las 06,00 a las 14,00 horas.
 Turno 2º: de las 14,00 a las 22,00 horas.