D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230425-30)
Autorización estación ITV –  Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la Sociedad Inspecciona, S. L., situada en el Camino Viejo de Cobeña, número 36, del municipio de Paracuellos de Jarama (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

Pág. 153

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la Sociedad Inspecciona, S. L., situada en el Camino Viejo de Cobeña, número 36, del municipio de
Paracuellos de Jarama (Madrid).
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero
Con fecha 12 de noviembre de 2022, D. Carlos Alberto Delso Vicioso, en nombre y representación de la mercantil Inspecciona, S. L., con NIF número B-09663980, solicita autorización administrativa para la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección
técnica de vehículos situada en el Camino Viejo de Cobeña, número 36, 28860, de Paracuellos de Jarama, Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en
la Comunidad de Madrid.
Segundo
Entre la documentación aportada, se encuentran los acuerdos de la Comisión de Acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), de 11 de noviembre de 2022, por
el que se acuerda la acreditación número 134/EI/ITV151, con el Anexo Técnico Revisión 1
de 11 de noviembre de 2022.
Tercero
Con fechas 14, 18, 25 y 28 de noviembre y 14 y 16 de diciembre de 2022, Inspecciona, S. L. aporta documentación complementaria a la presentada en la solicitud.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Promoción Económica e Industrial para
iniciar el procedimiento sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y por
el artículo 21 del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que otorga a esta dirección general las competencias administrativas en relación con la inspección técnica de vehículos.

El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, establece en su artículo 14.1 que “La ejecución material de las inspecciones técnicas será realizada en estaciones ITV, de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias. Dicha ejecución
material podrá ser realizada por las comunidades autónomas directamente, o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas, en régimen de concesión administrativa o autorización”. Además, en su artículo 14.2 establece que las estaciones ITV cumplirán los requisitos establecidos en su anexo IV.

BOCM-20230425-30

Segundo