Madrid (BOCM-20230424-40)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ABRIL DE 2023

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BOCM-20230424-40

Noveno. Justificación y pago de las subvenciones.—La justificación del cumplimiento del objeto de la subvención por el beneficiario será previa al abono de las ayudas y
se realizará mediante la presentación del Anexo II dentro de los diez primeros días del mes
de julio de 2023. La falta de presentación o su presentación incompleta o incorrecta supondrá la renuncia a la beca sin necesidad de pronunciamiento expreso.
Las ayudas se abonarán mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente indicada
en el Anexo II y previa justificación, en un único pago, a la finalización del curso escolar.
Si del examen del Anexo II, comprensivo de las cuantías satisfechas del coste de la cuota de escolaridad y de la eventual concurrencia de ayudas resultara un gasto de escolarización inferior a la cuantía reflejada en el Decreto de concesión, se abonará la beca por el gasto efectivamente realizado por el beneficiario teniendo en cuenta las ayudas que concurran.
La falta de presentación del Anexo II de la solicitud en el plazo establecido supondrá
la renuncia a la beca sin necesidad de pronunciamiento expreso.
Décimo. Otros datos.—Las solicitudes se formalizarán conforme a los modelos que
acompañan a la presente convocatoria. El modelo de solicitud y sus anexos estarán disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es
El impreso de solicitud de beca se cumplimentará y firmará con sus datos por uno de
los progenitores, el tutor o el representante legal en su caso. El otro progenitor deberá cumplimentar y firmar el Anexo I de la solicitud. En el caso en que de forma justificada no pueda recabarse la firma del segundo progenitor, se hará constar este hecho por el solicitante
en el Anexo I de la solicitud, que deberá firmar y presentar. En caso de tutor o representante legal deberán igualmente presentar el Anexo I de la solicitud firmado.
Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid:
a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento,
https://sede.madrid.es . En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
b) Presencialmente, en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 21 de marzo de 2023.—El Delegado del Área de Gobierno de Familias,
Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.
(03/6.457/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791