Madrid (BOCM-20230424-40)
Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ABRIL DE 2023

Pág. 137

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
Extracto del Decreto de 23 de junio de 2022, modificado por el Decreto de 21 marzo de
2023, del delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, por el que
se aprueba la convocatoria de becas para la escolarización en el curso escolar 2022-2023 en el
Primer Ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada del municipio de Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—Es objeto de esta convocatoria fomentar la escolarización en el
primer ciclo de Educación Infantil de las niñas y niños de cero a tres años, mediante el abono de la cuota mensual, incluyendo cuota de escolaridad, comedor y horario ampliado, en
centros de titularidad privada del municipio de Madrid autorizados por la Administración
educativa, a los padres, madres, tutores/as o representantes legales, que reúnan los requisitos del artículo 4 de esta Convocatoria.
Las becas de la presente convocatoria se conceden en régimen de concurrencia competitiva, y son compatibles con otras ayudas o becas con la misma o similar finalidad, provenientes del propio Ayuntamiento de Madrid, de otras Administraciones Públicas o de
otros entes públicos o privados. El importe de la beca no superará en cómputo anual, aislada o conjuntamente con otras ayudas el coste del servicio educativo subvencionado a cuya
financiación se dirige la presente convocatoria.
Segundo. Beneficiarios:
a) Ser padre, madre, tutor/a o representante legal de una niña o niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.
b) Haber participado en el proceso de admisión en la Red Municipal de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid en el curso 2022-2023 y que, no habiendo
resultado excluido, no haber obtenido plaza o que, habiéndola obtenido, el servicio educativo no haya comenzado a prestarse en la fecha prevista en su caso en la
convocatoria del proceso de admisión para el curso 2022-2023.
c) No haber obtenido en el proceso de admisión cero puntos en el apartado correspondiente a la puntuación de renta de la Resolución de la Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud por la que se aprueba la convocatoria para la
admisión de alumnado de Primer Ciclo de Educación Infantil en la Red Municipal
de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid para el curso escolar 2022-2023.
d) Cumplir todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria y, en particular, no estar incursos en alguna de las causas de prohibición para acceder a la
condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la
LGS, salvo en lo que se refiere al requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social del que se encuentran exentos para las ayudas que se regulan en esta convocatoria, sin perjuicio de
lo establecido en el apartado 4.2.f). La apreciación y alcance del resto de prohibiciones se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 13 de la LGS.
e) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento
de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para la
presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento a que
se refiere el artículo 70.3 del RLGS se hubiera realizado o no. La apreciación de

BOCM-20230424-40

BDNS Identif.: 636298