D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230422-1)
Convenio –  Convenio de colaboración de 11 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria (Consorcio Madroño), para mejorar la prestación del servicio público bibliotecario a la comunidad científica universitaria y acercar la ciencia a la sociedad mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 95

Undécima
Modificación y resolución del convenio

BOCM-20230422-1

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se modificará por acuerdo unánime de los firmantes,
cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto. Dicho acuerdo de modificación deberá ser firmado por los firmantes del convenio o por los representantes legales
de cada una de las partes.
El presente convenio se extinguirá, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el cumplimiento de su período de vigencia o por incurrir en alguna de las siguientes causas:
1. Por acuerdo mutuo de los firmantes del convenio.
2. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización
o continuación de las actuaciones.
3. Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de quince días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a todos los miembros de las comisiones previstas
en la cláusula séptima.
4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
En caso de resolución del convenio, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y para que así conste, las partes firman el presente acuerdo.
Madrid, a 11 de abril de 2023.—El Presidente del Consorcio Madroño, Víctor Robles Forcada.—El Vicepresidente y Consejero de Educación y Universidades, Enrique
Ossorio Crespo.
(03/6.246/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791