D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 95

ANEXO VIII
COMUNICACIÓN DE FINALIZACIÓN DE LAS INVERSIONES FINANCIADAS
CON EL PLAN DE RECUPERACIÓN,TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Convocatoria de ayudas para
D./D.a

.......................................................................................................................................,

actuando en representación legal de la entidad
………………………………………..,

con NIF: ........................................................ ,

.........................................................................................................

con CIF: ……………...…………, y domicilio fiscal en …………………………………………………..

.................................................................................................................................................................................. ,

beneficiaria de ayudas

financiadas con recursos provenientes del PRTR, declara:
1. Que las actuaciones subvencionadas se han ejecutado por completo, de acuerdo con las
condiciones generales y particulares establecidas en la orden de concesión de la subvención.
2. Que las actividades subvencionadas no han ocasionado un perjuicio significativo a los
siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852
relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la
implantación de un sistema de clasificación de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles:







Mitigación del cambio climático.
Adaptación al cambio climático.
Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.
Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos.
Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo.
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.

3. Que los fondos recibidos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables,
en particular con las normas relativas a la prevención de conflictos de intereses, de fraude, de
anticorrupción y de la doble financiación procedente del MRR y de otros programas de la Unión,
de conformidad con el principio de buena gestión financiera, de acuerdo con el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

FIRMA

BOCM-20230422-2

(03/6.219/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791