Madrid (BOCM-20230420-50)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM

JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 93

— Criterio general de intervención: Se realizará un tratamiento cercano al ecosistema
original, el Encinar Mediterráneo pero menos denso, o una o varias de sus etapas
de regresión: coscojares o garrigas, retamares, espartales con posibilidad de pastizales de vivaces. Se valorará la combinación de ambos, según lugares concretos
a justificar en el proyecto de intervención.
— Valores patrimoniales a considerar para su puesta en valor:
d Interés geológico. Protección de afloramientos datados y puesta en valor especial del A5, identificados en el plano I.08, I.09 y P.02.
d Interés paleontológico. Protección de ámbitos datados en el plano I.09 y P.02.
d Interés arqueológico. Protección de ámbitos datados en el plano I.09 y P.02.
d Interés histórico. Protección de ámbitos datados en el plano P.02.
d Interés botánico. Protección de ámbitos datados en el plano I.10 y P.02.
— Actividades características:
d Preservación.
d Conservación activa.
d Regeneración del ecosistema y/o paisaje.
d Plantaciones.
d Paseo y contemplación.
— Usos y actividades permitidas:
d Ninguna.
— Usos y actividades permitidos sujetos a control:
d Actividades científico-culturales.
d Actividades recreativas y culturales.
d Las relacionadas con las infraestructuras de abastecimiento de agua. Control
ambiental.
— Usos y actividades prohibidos:
d Todos los demás.
— Intervenciones a realizar:
d Reparación de caminos, taludes, cárcavas y gaviones, con referencia en los planos I.08 y P.02.
d Sistema de drenaje sostenible, según indicaciones del estudio sectorial de cuencas drenantes y plano P.02.
d Plantaciones.
d Señalética.
Art. 16. Área A2.I.—Área de protección de laderas de fuerte pendiente:

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