Madrid (BOCM-20230420-50)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

Pág. 157

Capítulo 9
Medidas Generales de Protección del Medio Ambiente

BOCM-20230420-50

Art. 43. Sostenibilidad ambiental.—Los proyectos que se desarrollen a partir de este
Plan Especial deberán cumplir todas las medidas ambientales y prescripciones reseñadas en
el capítulo 9 del Documento Ambiental Estratégico (DAE) en el que se recogen los criterios de integración ambiental, así como las medidas preventivas, correctoras y compensatorias definidas para alcanzar la sostenibilidad ambiental.
Los proyectos de desarrollo del Plan Especial deberán incorporar Soluciones Basadas
en la Naturaleza, con el objeto de controlar la erosión hídrica del cerro, la escorrentía y sedimentos fuera del ámbito.
Art. 44. Compostaje de los residuos de poda y jardinería.—Se fomentará el compostaje del residuo de poda y jardinería en el propio parque o en plantas específicas como la de
Migas Calientes. El compost producido procedente del tratamiento de biorresiduos se utilizará para el mantenimiento de las zonas verdes y se instalará señalética que indique la procedencia del abono utilizado.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001 de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la
Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 10 de abril de 2023.—La directora general de Planificación Estratégica, Silvia
Villacañas Beades.—El vicesecretario general del Pleno (en sustitución del secretario
general del Pleno, por resolución de 5 de abril de 2023), Juan José Orquín Serrano.
(03/6.061/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791