C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230420-15)
Gratificación miembros juntas electorales –  Decreto 41/2023, de 19 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales Provincial y de Zona y del personal a su servicio, como consecuencia del proceso electoral a la Asamblea de Madrid del 28 de mayo de 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 93

— Vocales judiciales (2 personas): 1.130,24 euros/persona.
— Vocales no judiciales (2 personas): 632,94 euros/persona.
Por los/as Secretarios/as de las respectivas Juntas Electorales de Zona se certificará la
cantidad e identidad de las personas que habrán de percibir la gratificación.
Tercero
Fijar las gratificaciones del personal colaborador de las Juntas Electorales.
a) Para remunerar los servicios extraordinarios prestados por el personal colaborador de
las Juntas Electorales Provincial y de Zona, se asignará la cantidad global de 56,38
euros por el número de mesas que efectivamente se constituya. Dicha cantidad remunerará los servicios extraordinarios prestados por dicho personal incluido la
realización del escrutinio general por parte de la Junta Electoral Provincial, así
como las gratificaciones que correspondan, en su caso, por las sesiones de formación del personal.
b) El importe global resultante del apartado anterior, se pondrá a disposición de la
Junta Electoral Provincial para su distribución por esta entre todas las Juntas, basándose en criterios objetivos que tenga en cuenta la carga de trabajo efectiva de
cada una de las Juntas.
c) Por los/as Secretarios/as de las respectivas Juntas Electorales se certificará la cantidad e identidad de las personas que habrán de percibir dichas gratificaciones de
acuerdo a los criterios y limitaciones que se fijen por la Junta Electoral Provincial.
Cuarto
Fijar la remuneración del acondicionamiento de locales.
Se remunerará con la cantidad global de 24 euros por mesa que efectivamente se constituya, los servicios extraordinarios prestados por el personal de los ayuntamientos en relación al acondicionamiento de locales.
Quinto
Se deja sin efectos el Decreto 35/2023, de 12 de abril, del Consejo de Gobierno, por el
que se establecen las gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales Provincial y
de Zona y del Personal a su Servicio, como consecuencia del proceso electoral a la Asamblea de Madrid del 28 de mayo de 2023.
Sexto
El presente Decreto producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de abril de 2023.

LETÍN

El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,
ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20230420-15

(03/6.618/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791