D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230420-31)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Urcotex Inmobiliaria, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 93

4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
5. Por cualquier otra causa legalmente prevista.
En la extinción derivada de las causas previstas en los anteriores apartados 1, 2 y 3, las
partes garantizarán la terminación del curso académico o de las prácticas o actuaciones en
curso. En los demás casos, se adoptarán las medidas que permita la naturaleza de la causa
de resolución. En defecto de acuerdo, el centro educativo decidirá unilateralmente sobre el
modo en que facilitará a los alumnos la formación correspondiente, con la previa autorización de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
Decima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta de composición paritaria que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por
los firmantes. La comisión está formada por la Dirección de la ESCRBC y el responsable
de las prácticas designado por Urcotex Inmobiliaria, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima
Protección de datos

Para la correcta ejecución de las prácticas descritas en el presente convenio es necesario que Urcotex Inmobiliaria S. L. trate datos de carácter personal de los alumnos participantes como Responsable de dichos tratamientos. Urcotex Inmobiliaria S. L. tiene la consideración de responsable del tratamiento de los datos personales de los referidos alumnos
comunicados por la ESCRBC ya que determina los medios y los fines de los tratamientos
de datos necesarios para la realización de las prácticas universitarias que constituyen el objeto de este convenio.
Con ocasión de la finalización de la realización de las prácticas, Urcotex Inmobiliaria S. L.
se compromete a bloquear, una vez comunicado a la ESCRBC, los datos del informe académico del tutor y a su destrucción transcurridos tres años.
La ESCRBC se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la comunicación de los datos personales a Urcotex Inmobiliaria S. L., sobre la existencia de dicha comunicación y el tratamiento a realizar por dicho centro directivo.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Urcotex Inmobiliaria S. L.: La
gestión de datos personales de los estudiantes en prácticas estará asociada a la actividad
“gestión de recursos humanos”, cuyo responsable es Urcotex Inmobiliaria S. L. U. y cuya
finalidad es la gestión de los datos de los estudiantes en prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del

BOCM-20230420-31

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento General de protección de datos, RGPD).
1) Datos personales de los estudiantes que realizarán prácticas: