Móstoles (BOCM-20230419-59)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ABRIL DE 2023

Pág. 281

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MÓSTOLES

Bases Reguladoras de Subvenciones para Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos
de centros de enseñanza públicos de Móstoles para las temporadas 2021-2022, 2022-2023,
2023-2024 y 2024-2025, aprobadas en Junta de Gobierno Local de fecha 25 de enero de 2022,
Resolución 22/43.
Las presentes bases se elaboran en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Móstoles, teniendo carácter específico al ir dirigidas a Asociaciones de
madres y padres de alumnos (AMPAS) de centros de enseñanza públicos de Móstoles.
Artículo 1. Objeto.—Constituye el objeto de las siguientes Bases Reguladoras,
potenciar e incrementar la práctica deportiva de los alumnos de los centros públicos de
enseñanza del municipio en horario extraescolar.
Podrán optar a la convocatoria regulada por las siguientes Bases Reguladoras de subvenciones, las Asociaciones de madres y padres de alumnos (A. M. P. A. S.) de centros de enseñanza públicos de Móstoles que cumplan los requisitos especificados en la convocatoria.
La concesión de la subvención para esta convocatoria, se efectuará mediante régimen
de concurrencia competitiva.
Art. 2. Destinatarios.—Tendrán la condición de destinatarios:
— Las A. M. P. A. S. de centros de enseñanza públicos de Móstoles que participen en
los campeonatos y actividades organizadas por la Concejalía de Deportes y estén
inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Móstoles.
Art. 3. Cuantía máxima de ayuda económica.—La cuantía máxima a repartir entre
todas las A. M. P. A. S. de centros de enseñanza públicos de Móstoles que soliciten subvención será la consignada en la convocatoria de subvenciones de cada ejercicio económico.
Art. 4. Concesión y pago de la ayuda económica.—La concesión de la ayuda económica se abonará previa justificación, por el beneficiario, de los costes ocasionados por la
realización de las actividades que permitan potenciar e incrementar la práctica deportiva de
los alumnos de los centros públicos de enseñanza del municipio en horario extraescolar.
Art. 5. Compatibilidad con otras subvenciones.—De conformidad con lo establecido
en el artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se informa que esta ayuda económica será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso concedido para el mismo objeto, procedente de otras administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
El importe de las subvenciones, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del desarrollo de las diferentes actividades extraescolares.
Cuando las actividades sean financiadas, con otros recursos procedentes de otras entidades deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales
fondos a las actividades subvencionadas.
El solicitante deberá comunicar al Ayuntamiento de Móstoles la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y en todo caso con anterioridad a la
justificación dada a la aplicación de los fondos concedidos.
Art. 6. Obligaciones de las A. M. P. A. S. beneficiarias.—Las asociaciones beneficiarias de la ayuda tendrán las siguientes obligaciones:
a) Proporcionar cuanta información le sea requerida por el Ayuntamiento a efectos
de evaluación y justificación de las subvenciones.
b) Aportar la documentación requerida que justifique la ayuda económica concedida
y percibida, en la forma y plazos establecidos en cada convocatoria.
c) Comunicar a la Concejalía de Deportes, cualquier eventualidad que modifique o
altere los datos consignados en la solicitud y documentación presentadas.

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RÉGIMEN ECONÓMICO