Brunete (BOCM-20230418-51)
Régimen económico. Precios públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 186
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 91
Art. 5. Cuantía.—La cuantía será la fijada en los importes contenidos en el apartado
siguiente, según las diferentes modalidades:
ENTRADA LUNES A VIERNES (excepto festivos)
Infantil (4-14 años)
3.70 €
Adultos (15-64 años)
4.90 €
Mayores de 65 años
3.70 €
ENTRADA SÁBADO, DOMINGO Y FESTIVO
Infantil (4-14 años)
3.90 €
Adultos (15-64 años)
5.10 €
Mayores de 65 años
3.90 €
BONO DE BAÑOS
Infantil 20 baños
57.00 €
Adulto 20 baños
75.50 €
Mayores 65 años 20 baños
57.00 €
Infantil 30 baños
68.00 €
Adulto 30 baños
89.00 €
Mayores 65 años 30 baños
68.00 €
BONO SABADO, DOMINGO Y FESTIVO (mensual)
Infantil
19.00€
Adulto
24.50€
Mayores 65 años
19.00€
Art. 6. Exenciones y bonificaciones.—6.1. Exenciones: quedan exentos del pago
los menores de hasta 4 años (4 años o más, no están exentos).
6.2. Bonificaciones:
— Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (50%).
— Familias numerosas y monoparentales: 1.er hijo (15%), 2.o hijo (25%), 3.er hijo y
siguientes (50%).
Art. 7. Devengo.—Se devenga el precio público y nace la obligación de contribuir
desde el momento en que se solicita la prestación del servicio de piscina de verano. En la
modalidad de bonos de baño, el devengo se producirá en el momento de su solicitud.
Art. 8. Normas de gestión.—Se atendrá a lo dispuesto en el Reglamento Regulador
del Régimen General de uso de las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Brunete.
A la presente le será de aplicación el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se
regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo y el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios
de las piscinas.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20230418-51
La presente ordenanza surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Brunete, a 4 de abril de 2023.—El alcalde, José Manuel Hoyo Serrano.
(03/5.862/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 186
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 91
Art. 5. Cuantía.—La cuantía será la fijada en los importes contenidos en el apartado
siguiente, según las diferentes modalidades:
ENTRADA LUNES A VIERNES (excepto festivos)
Infantil (4-14 años)
3.70 €
Adultos (15-64 años)
4.90 €
Mayores de 65 años
3.70 €
ENTRADA SÁBADO, DOMINGO Y FESTIVO
Infantil (4-14 años)
3.90 €
Adultos (15-64 años)
5.10 €
Mayores de 65 años
3.90 €
BONO DE BAÑOS
Infantil 20 baños
57.00 €
Adulto 20 baños
75.50 €
Mayores 65 años 20 baños
57.00 €
Infantil 30 baños
68.00 €
Adulto 30 baños
89.00 €
Mayores 65 años 30 baños
68.00 €
BONO SABADO, DOMINGO Y FESTIVO (mensual)
Infantil
19.00€
Adulto
24.50€
Mayores 65 años
19.00€
Art. 6. Exenciones y bonificaciones.—6.1. Exenciones: quedan exentos del pago
los menores de hasta 4 años (4 años o más, no están exentos).
6.2. Bonificaciones:
— Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (50%).
— Familias numerosas y monoparentales: 1.er hijo (15%), 2.o hijo (25%), 3.er hijo y
siguientes (50%).
Art. 7. Devengo.—Se devenga el precio público y nace la obligación de contribuir
desde el momento en que se solicita la prestación del servicio de piscina de verano. En la
modalidad de bonos de baño, el devengo se producirá en el momento de su solicitud.
Art. 8. Normas de gestión.—Se atendrá a lo dispuesto en el Reglamento Regulador
del Régimen General de uso de las instalaciones deportivas municipales del Ayuntamiento de Brunete.
A la presente le será de aplicación el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se
regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo y el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios
de las piscinas.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20230418-51
La presente ordenanza surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Brunete, a 4 de abril de 2023.—El alcalde, José Manuel Hoyo Serrano.
(03/5.862/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791