C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230418-20)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por el Fondo Europeo-NextGenerationEU”, en 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 91

MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

Pág. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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EXTRACTO de la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa
la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas,
con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado
por el Fondo Europeo-NextGenerationEU”, en 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
BDNS: 687219
BDNS: 687221
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
Con estas ayudas se pretende dinamizar la actividad cultural de organizaciones con ánimo de lucro y sin ánimo de lucro en áreas no urbanas, para extender la oferta cultural en el
medio rural. El objetivo de estas ayudas en el ámbito de la Comunidad de Madrid es activar
un mínimo de 10 proyectos o iniciativas culturales en zonas no urbanas que refuercen el
vínculo individual y social con el territorio y ofrezcan nuevas oportunidades laborales.
Las ayudas se destinarán a financiar proyectos y actividades culturales que se celebren o
se desarrollen en el medio rural, entendiendo por tal, como lo define la Ley 45/2007, de 13 de
diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, el espacio geográfico formado por
la agregación de municipios o entidades locales menores definido por las administraciones
competentes que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior
a los 100 habitantes por km2.
Se dará, en cualquier caso, un tratamiento prioritario a aquellos proyectos y actividades que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes y estén integrados en el medio rural.
Segundo
1. Podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas los siguientes:
a) Las entidades públicas, incluyendo las agrupaciones de entidades locales, y privadas, con y sin ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades
locales, autonómicas o estatales.
b) Los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
A los efectos de la presente convocatoria, será de aplicación a las entidades privadas que
opten a las presentes ayudas la definición de empresa mediana, pequeña o microempresa en
los términos previstos en los artículos 1 y 2 del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
Tercero
Actuaciones elegibles y gastos subvencionables
En particular, se financiarán las siguientes actuaciones con las ayudas:
a) Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine

BOCM-20230418-20

Beneficiarios