D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230418-25)
Convenio –  Convenio de 31 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Puerto Chico”, “Colonia de la Prensa-Eugenia de Montijo-Colonias Tercio y Terol”, “Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas” y “Poblado Dirigido de Fuencarral”, en el municipio de Madrid, y se definen las obligaciones de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 91

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

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vación urbana a gran escala, en barrios o zonas delimitadas en función de su nivel de renta,
favoreciendo el desarrollo de actuaciones de mejora de la eficiencia del edificio que formen
parte de un enfoque de rehabilitación integral. Este tipo de actuaciones a nivel de edificio
irán acompañadas de otras actuaciones de regeneración del entorno físico, de mejora urbana
y transformación integral para la mitigación del cambio climático.
La implementación del C02.I01 comenzó con la aprobación del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación
residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo
Capítulo II regula el Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Este Programa financia la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios
de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos municipales de actuación
denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante, ERRP)
previamente delimitados.
Con el fin de coordinar, informar y facilitar la implementación y gestión de las ayudas,
el programa financia también la prestación de servicios a través de “Oficinas de Rehabilitación” (ventanilla única) favoreciendo su implantación a nivel de barrio en los ERRP.
Observar, finalmente, que el Programa 1, coadyuva, junto con los Programas 2, 3, 4
y 5 del citado Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, al cumplimiento de los objetivos 27, 28 y 29 establecidos en el anexo a la Decisión de ejecución del Consejo (CID),
de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia:
a) Objetivo número 27 del CID: finalización de las actuaciones de renovación de
viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30 por 100 de energía primaria (231.000 actuaciones de renovación en, al menos, 160.000 viviendas únicas),
el cuarto trimestre de 2023.
b) Objetivo número 28 del CID: hectáreas en zonas o barrios renovadas, con un ahorro medio de al menos un 30 por 100 de energía primaria (600 Ha), el segundo trimestre de 2026.
c) Objetivo número 29 del CID: finalización de las actuaciones de renovación de
viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30 por 100 de energía primaria (510.000 actuaciones de renovación en, al menos, 355.000 viviendas únicas),
el segundo trimestre de 2026.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid
ostenta, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades
públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de la
Constitución Española, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
A solicitud del Ayuntamiento de Madrid se instó la declaración de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Puerto Chico”, “Colonia de la Prensa-Eugenia
de Montijo-Colonias Tercio y Terol”, “Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas” y “Poblado Dirigido de Fuencarral” en el municipio de Madrid, previa presentación de
la documentación, para que mediante Ordenes, de 8 de marzo, de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura, se declararan los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada denominados “Puerto Chico (Latina)”, “Colonia de la Prensa-Eugenia de
Montijo-Colonias Tercio y Terol”, “Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas”
y “Poblado Dirigido de Fuencarral”, en el municipio de Madrid, en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regula, entre otras ayudas, las
relativas al “Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio” (Programa 1) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea, Next Generation EU.
Cuarto
Por otro lado, el artículo 12.2 del referido texto legal dispone que “En las comisiones
bilaterales de seguimiento se suscribirán, con la participación del Ayuntamiento en cuyo

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Tercero