A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230417-3)
Ley –  Ley 10/2023, de 12 de abril, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para ampliar las deducciones autonómicas en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023

Pág. 37

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Presidencia de la Comunidad
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LEY 10/2023, de 12 de abril, por la que se modifica el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre,
para ampliar las deducciones autonómicas en el ámbito del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas.
La Presidenta de la Comunidad de Madrid.

Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre
del Rey, promulgo.
PREÁMBULO

La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, ha optado desde hace dos
décadas por una política fiscal y tributaria que alivie la presión fiscal sobre los ciudadanos.
Esta política fiscal ha demostrado que genera mayor desarrollo, prosperidad y riqueza, tal y como se observa en las cifras de crecimiento, atracción de inversiones y renta per
cápita de la Comunidad de Madrid. Un objetivo que se ha demostrado que es compatible
con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y con el mantenimiento
de unos servicios públicos de gran calidad.
Contar con una fiscalidad moderada, justa e incentivadora de la actividad económica
en un contexto de estabilidad institucional y libertad económica explica, en gran medida, la
fortaleza de la Comunidad de Madrid en el conjunto de la economía española, lo que ha
ayudado a resistir mejor las dificultades derivadas de las crisis, muy particularmente de la
última derivada de la pandemia de la COVID-19.
A pesar de las buenas perspectivas económicas, la actual situación económica, agravada por la situación internacional y la escasez de materias primas básicas y de combustible
que nos afecta, provoca que a corto plazo se pueda ralentizar el crecimiento y la creación de
empleo, lo que exige la adopción de medidas que contribuyan no sólo a dinamizar la economía sino a incentivar la inversión, el ahorro o el consumo.
Por este motivo, la Comunidad de Madrid recoge una ampliación de las deducciones
existentes para mejorar el nivel adquisitivo de los madrileños aumentando la cantidad de
recursos disponibles obtenidos de su trabajo.
Se introducen tres nuevas deducciones destinadas directamente a mejorar la renta de las
familias e incentivar las mejoras en las viviendas de alquiler. Así, se introducen deducciones
por cuidado de ascendientes, por los gastos derivados del arrendamiento de viviendas, y, por
el pago de intereses de préstamos para estudios de grado, máster o doctorado. Y se amplían
las deducciones por gastos de enseñanza de idiomas, por cuidado de hijos menores de tres
años, que se extiende al cuidado de mayores dependientes y personas con discapacidad y por
inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de
reciente creación, en la que se incrementan los porcentajes de deducción.
Estas deducciones, que son parte de las rebajas impositivas aprobadas en la presente Legislatura, dan continuidad y son plenamente coherentes con la política tributaria desarrollada
en los últimos años, gracias a la cual la Comunidad de Madrid se consolida como la Comunidad Autónoma con menor carga fiscal, que se ha reducido para los madrileños en 60.777 millones de euros, lo que equivale a una media de 17.620 euros por contribuyente en los últimos
dieciocho años.
II
La presente Ley se compone de un artículo único y una disposición final única.

BOCM-20230417-3

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