D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230417-53)
Convenio –  Adenda de 29 de marzo de 2023, de modificación del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Luchas Asociadas, para el desarrollo de la séptima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, cofinanciado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 90

LUNES 17 DE ABRIL DE 2023

Pág. 277

Madrid”, cofinanciado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que queda redactada de la siguiente forma:
«La Comunidad de Madrid se obliga a realizar todas las actuaciones que para el correcto desarrollo del Programa han sido establecidas en la Orden de 5 de mayo de 2022, conjunta
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aprueba la séptima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, entre ellas:
— Valoración de la documentación aportada por los centros para poder participar en
el Programa.
— Selección de los centros participantes en el Programa.
— Elaboración y planificación del calendario de actuaciones que permita el desarrollo, seguimiento y evaluación del Programa.
— Realizar reuniones de coordinación e información con los colectivos implicados.
— Informar a la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las decisiones tomadas para el desarrollo del Programa y de las incidencias y memorias recibidas a lo largo del curso.
— Garantizar la cobertura de riesgos a los participantes mediante la suscripción del
seguro obligatorio deportivo.
— Recepción y tramitación de cuantas reclamaciones se pudieran producir.
Además, la Comunidad de Madrid se compromete a poner a disposición de la Federación de tres cursos de formación en materia de deporte y discapacidad, uno específico de
discapacidad intelectual, otro en discapacidad física y un tercero en parálisis cerebral. La
Comunidad de Madrid dará acceso a un técnico de la Federación a la formación de cada uno
de estos cursos.
Asimismo, la Comunidad de Madrid aportará a la Federación a través de la Dirección
General de Deportes, una cantidad económica para sufragar el coste que la misma asume
para el correcto desarrollo del Programa.
Así, se abonará hasta un máximo de 33.879 euros, de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades:
— 2022: 11.799 euros.
— 2023: 22.080 euros.
Estos importes son cantidades máximas y se imputarán al subconcepto 22802 “convenios con instituciones sin fin de lucro”, del programa 336A, proyecto 2022/001246, fondo 2022/00100, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, de cada una de las
anualidades, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para ello. La distribución
entre financiación con cargo a fondos propios de la Comunidad de Madrid y con cargo al
Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, C26 Fomento del Sector del DeporteC26.I03.P02, es la siguiente:
2023

TOTAL

MRR

TOTAL

CM

MRR

TOTAL

CM

MRR

TOTAL

7.622,15 €

4.176,85 €

11.799,00 €

13.550,50 €

8.529,50 €

22.080,00 €

21.172,65 €

12.706,35 €

33.879,00 €

Las actuaciones previstas en el convenio no podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, artículo 188 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Las actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se establezca para el
Plan de Reconstrucción, Trasformación y Resiliencia, así como las obligaciones específicas
relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea que para el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la UE se establezcan y cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Los créditos trasferidos quedan legalmente afectados a la financiación de las actuaciones descritas, de forma que posibiliten el cumplimiento de los objetivos comunitarios en la
materia y de los hitos y objetivos del Componente 26 del Plan de Recuperación, Transfor-

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