D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230415-8)
Convenio – Convenio de cooperación educativa de 27 de marzo de 2023, entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 89
vertir a los estudiantes de tales obligaciones y, en la medida de sus posibilidades, a vigilar
su cumplimiento.
11. Los estudiantes en prácticas respetarán el código deontológico profesional.
12. La ARRMI se reserva el derecho a dar de baja del programa a algún estudiante
si incurriese en reiteradas faltas injustificadas de asistencia a las prácticas o de puntualidad,
o no desarrollase las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas
establecidas. De cualquier decisión de anulación será informada con carácter inmediato la
URJC, especificando las causas concretas de la decisión.
13. La actividad de tutoría por parte de la entidad colaboradora no interferirá en ningún caso en el desempeño de la actividad normal de los tutores.
14. No se contempla dotación económica alguna para bolsa o ayuda de estudios de
los estudiantes en prácticas.
15. El presente convenio no conlleva coste económico para ninguna de las partes firmantes del mismo.
Cuarta
Obligaciones económicas
No obstante, en relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado
que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una adenda, en el momento en que dicho desarrollo reglamentario entre en vigor, en la que se contemplen las obligaciones de las partes para dar
cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-Ley; en caso contrario,
se dará por extinguido el convenio.
Quinta
Cobertura de riesgos
Todos los estudiantes de la URJC matriculados en alguna de sus enseñanzas están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años matriculados en enseñanzas oficiales y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año
escolar. El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años, corresponderá a la Unidad de Prácticas Externas comprobar que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de
accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
Sexta
Obligaciones de la URJC
a) Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se consigne la siguiente información: datos personales del estudiante, titulación, fecha
de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la ARRMI. Además, el Anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias
que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
b) Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por los tutores designados por la ARRMI, al menos, a través de la correspondiente certificación.
BOCM-20230415-8
La URJC tomará bajo su responsabilidad y a su cargo las siguientes actuaciones:
Pág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 89
vertir a los estudiantes de tales obligaciones y, en la medida de sus posibilidades, a vigilar
su cumplimiento.
11. Los estudiantes en prácticas respetarán el código deontológico profesional.
12. La ARRMI se reserva el derecho a dar de baja del programa a algún estudiante
si incurriese en reiteradas faltas injustificadas de asistencia a las prácticas o de puntualidad,
o no desarrollase las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas
establecidas. De cualquier decisión de anulación será informada con carácter inmediato la
URJC, especificando las causas concretas de la decisión.
13. La actividad de tutoría por parte de la entidad colaboradora no interferirá en ningún caso en el desempeño de la actividad normal de los tutores.
14. No se contempla dotación económica alguna para bolsa o ayuda de estudios de
los estudiantes en prácticas.
15. El presente convenio no conlleva coste económico para ninguna de las partes firmantes del mismo.
Cuarta
Obligaciones económicas
No obstante, en relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las
pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado
que todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a firmar una adenda, en el momento en que dicho desarrollo reglamentario entre en vigor, en la que se contemplen las obligaciones de las partes para dar
cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-Ley; en caso contrario,
se dará por extinguido el convenio.
Quinta
Cobertura de riesgos
Todos los estudiantes de la URJC matriculados en alguna de sus enseñanzas están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años matriculados en enseñanzas oficiales y al corriente de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año
escolar. El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años, corresponderá a la Unidad de Prácticas Externas comprobar que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de
accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
Sexta
Obligaciones de la URJC
a) Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se consigne la siguiente información: datos personales del estudiante, titulación, fecha
de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la ARRMI. Además, el Anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias
que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
b) Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
c) Reconocer la labor desempeñada por los tutores designados por la ARRMI, al menos, a través de la correspondiente certificación.
BOCM-20230415-8
La URJC tomará bajo su responsabilidad y a su cargo las siguientes actuaciones: