Soto del Real (BOCM-20230414-73)
Organización y funcionamiento. Reglamento Unidad Canina
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 88
6. Para otras consideraciones, respecto a la uniformidad, se tendrán en cuenta las
normas que determine el Cuerpo de la Policía Local u otras normas de rango superior.
Art. 30. Materiales, vehículos y otros equipamientos.—1. El Cuerpo de Policía Local proveerá a los miembros de la UCAS de los materiales y vehículos necesarios para el
desempeño de sus funciones, los cuales cumplirán las características de homologación que
dicten la Normativa al respecto.
2. Todos los vehículos de la UCAS dispondrán del equipamiento, material y herramientas, que se corresponderán con lo determinado para el tipo de vehículo de que se trate,
según lo establecido en la normativa aplicable para el transporte de personal y de los perros.
Art. 31. Espacios.—Se determinará por jefatura la ubicación e infraestructuras que
los perros necesiten durante la jornada laboral del Guía Canino, así como para el mantenimiento y operatividad de la UCAS. Todo ello atendiendo a la normativa y legislación establecida al respecto.
Capítulo VII
Asistencia jurídica y régimen disciplinario
Art. 32. Asistencia jurídica.—El personal de la UCAS tendrá derecho, conforme a lo
estipulado en la legislación vigente, a la asistencia y defensa jurídica de las causas judiciales que se sigan contra ellos como consecuencia de actuaciones realizadas en el ejercicio de
sus funciones.
Art. 33. Ejercicio de la potestad disciplinaria.—El régimen disciplinario se regulará de acuerdo con la normativa vigente.
ANEXO I
CURSO INSTRUCCIÓN CANINA EN OPERACIONES DE SEGURIDAD
Y PROTECCIÓN CIVIL (REAL DECRETO 548/2014, DE 27 DE JUNIO)
El curso de acceso a la especialidad se desarrollará en la modalidad presencial. Su contenido se guiará con el objeto de conseguir los siguientes conocimientos:
1. Adiestrar al perro con técnicas de adiestramiento de base.
2. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de defensa y vigilancia.
3. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de detección, búsqueda, salvamento y rescate de víctimas.
4. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de búsqueda y detección de
sustancias olorosas.
5. Realizar labores de cuidados e higiene canina.
6. Realizar labores de primeros auxilios aplicadas a perros.
Materiales necesarios
ANEXO II
MATERIAL GUÍA CANINO
El listado de materiales colectivos y particulares para los guías y perros.
Material colectivo:
— Botiquín para perros y personas.
— Material de adiestramiento.
— Material de transporte y desplazamiento.
— Material de higiene y limpieza.
— Material de higiene y limpieza del animal.
— Material para alimentación e hidratación.
— Otro material necesario.
Material para el guía:
— Chaleco guía canino.
— Mono específico para trabajo o pantalón o camisola (con distintivo).
— Gorra.
BOCM-20230414-73
Pág. 466
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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6. Para otras consideraciones, respecto a la uniformidad, se tendrán en cuenta las
normas que determine el Cuerpo de la Policía Local u otras normas de rango superior.
Art. 30. Materiales, vehículos y otros equipamientos.—1. El Cuerpo de Policía Local proveerá a los miembros de la UCAS de los materiales y vehículos necesarios para el
desempeño de sus funciones, los cuales cumplirán las características de homologación que
dicten la Normativa al respecto.
2. Todos los vehículos de la UCAS dispondrán del equipamiento, material y herramientas, que se corresponderán con lo determinado para el tipo de vehículo de que se trate,
según lo establecido en la normativa aplicable para el transporte de personal y de los perros.
Art. 31. Espacios.—Se determinará por jefatura la ubicación e infraestructuras que
los perros necesiten durante la jornada laboral del Guía Canino, así como para el mantenimiento y operatividad de la UCAS. Todo ello atendiendo a la normativa y legislación establecida al respecto.
Capítulo VII
Asistencia jurídica y régimen disciplinario
Art. 32. Asistencia jurídica.—El personal de la UCAS tendrá derecho, conforme a lo
estipulado en la legislación vigente, a la asistencia y defensa jurídica de las causas judiciales que se sigan contra ellos como consecuencia de actuaciones realizadas en el ejercicio de
sus funciones.
Art. 33. Ejercicio de la potestad disciplinaria.—El régimen disciplinario se regulará de acuerdo con la normativa vigente.
ANEXO I
CURSO INSTRUCCIÓN CANINA EN OPERACIONES DE SEGURIDAD
Y PROTECCIÓN CIVIL (REAL DECRETO 548/2014, DE 27 DE JUNIO)
El curso de acceso a la especialidad se desarrollará en la modalidad presencial. Su contenido se guiará con el objeto de conseguir los siguientes conocimientos:
1. Adiestrar al perro con técnicas de adiestramiento de base.
2. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de defensa y vigilancia.
3. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de detección, búsqueda, salvamento y rescate de víctimas.
4. Realizar el adiestramiento de perros en operaciones de búsqueda y detección de
sustancias olorosas.
5. Realizar labores de cuidados e higiene canina.
6. Realizar labores de primeros auxilios aplicadas a perros.
Materiales necesarios
ANEXO II
MATERIAL GUÍA CANINO
El listado de materiales colectivos y particulares para los guías y perros.
Material colectivo:
— Botiquín para perros y personas.
— Material de adiestramiento.
— Material de transporte y desplazamiento.
— Material de higiene y limpieza.
— Material de higiene y limpieza del animal.
— Material para alimentación e hidratación.
— Otro material necesario.
Material para el guía:
— Chaleco guía canino.
— Mono específico para trabajo o pantalón o camisola (con distintivo).
— Gorra.
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