Sevilla la Nueva (BOCM-20230414-72)
Organización y funcionamiento. Ordenanza cesión espacios y locales
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B.O.C.M. Núm. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023

16. Es obligatorio guardar silencio durante la celebración de las distintas representaciones y/o otros actos que tengan lugar en la sala.
17. Queda prohibido a los espectadores permanecer de pie dentro de la sala durante
el desarrollo de las actuaciones.
18. El Ayuntamiento está facultado para interpretar la presente normativa, así como
para resolver las posibles incidencias que pudieran plantearse sin perjuicio de las competencias de los órganos de gobierno municipales.
Art. 31. Normativa general de uso del Centro de Interpretación aplicable a las
compañías, promotores y organizadores de eventos.—1. Cada organizador, compañía o
promotor de un acto deberá contar al menos con un técnico para las funciones de montaje, iluminación y sonido.
2. El transporte, montaje y desmontaje de los materiales necesarios para la celebración del evento correrán a cargo del solicitante promotor o compañía y deberán realizarse
siguiendo las instrucciones del personal municipal.
3. El Ayuntamiento hará entrega en caso de ser necesario, de las llaves de los camerinos y/o sala técnica.
4. El Ayuntamiento de Sevilla la Nueva no se responsabiliza del deterioro, daño, extravío o robo de material o efectos personales.
5. En los actos organizados habrá de tenerse en cuenta los límites de aforo que permiten los sistemas de seguridad del edificio, no estando permitida la presencia de un número de asistentes mayor al establecido en cada caso, esto es: 124 espectadores.
6. Se prohibirá el acceso al interior de la sala con coches de niño, que deberán quedar situados en el vestíbulo, sin obstaculizar ninguna de las salidas o rutas de evacuación.
7. Los importes a abonar en concepto de uso o utilización del Centro de Interpretación es el precio público por cesión del espacio recogida en el Anexo 1 de esta ordenanza.
8. El organizador es responsable de la actividad autorizada y por tanto de las consecuencias que el desarrollo de esta pueda tener para terceros o para los bienes municipales,
asumiendo la responsabilidad de los desperfectos ocasionados en el material y equipamiento de la instalación.
9. El personal responsable de la organización de la actividad deberá acatar en todo
momento a las instrucciones del personal municipal, quien adoptará las medidas convenientes para el adecuado uso del Centro de Interpretación, instalaciones, mobiliario y enseres,
con el objeto de garantizar la preservación de los edificios y/o instalaciones municipales,
debiéndose comunicar toda alteración a la Concejalía de Cultura.
10. La utilización del Centro de Interpretación supone la prestación de los siguientes servicios por cuenta del Ayuntamiento:
a) Apertura y cierre de las dependencias.
b) Climatización.
c) Luz y agua.
d) Cesión de los equipos de luces y sonido disponibles en las dependencias, siempre
que los mismos se detallen de forma expresa en la solicitud y se cuente con personal cualificado para su uso.
e) Presencia de personal municipal desde el inicio del montaje hasta su finalización.
11. En los espectáculos de la programación municipal habrá un taquillero que se incorporará una hora antes del inicio de la función hasta la finalización del evento.
12. Los demás servicios necesarios para la celebración del acto serán de cuenta del
interesado e irán a su cargo.
13. En el caso de cesión a entidades ciudadanas, cesión a promotores, compañías, artistas o empresas, el control de la taquilla correrá por cuenta de la entidad organizadora con
estricto cumplimiento de aforo de la sala: 124 localidades.
14. El Centro de Interpretación no dispone de ningún tipo de almacén por lo que deberá retirarse todo el material que se haya aportado una vez finalizado el tiempo de utilización del mismo.
15. En caso de programaciones ajenas a la programación oficial del Ayuntamiento,
los gastos derivados por los posibles derechos de la Sociedad General de Autores correrán
por cuenta de la entidad organizadora quedando el Ayuntamiento eximido en todo momento de cualquier tipo de responsabilidad.
16. En ningún caso, está permitido clavar o suspender paneles ni otros objetos de paredes, techos, plantas o columnas. Las dependencias deberán ser entregadas en el mismo
estado en el que se encontraban antes del uso, siendo necesario retirar la basura y los deshe-

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