C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230414-20)
Convocatoria ayudas –  Orden 905/2023, de 27 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitación y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 88

Vigésimo tercero
Protección de datos personales
Se informa a los solicitantes que los datos personales contenidos en la solicitud y documentación que aporte, se integrarán en el tratamiento de datos personales “Ayudas Individuales de Apoyo Social”.
El tratamiento de los datos personales, por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad es necesario para el cumplimiento de una misión de interés público,
además de ser imprescindible para gestionar la ayuda individual solicitada, siendo esta su
finalidad principal. Para mayor información detallada se puede consultar:
https://comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
Los datos serán tratados o en su caso, comunicados a los órganos de esta Administración
y otras Administraciones para la finalidad declarada, o para el ejercicio de sus competencias
legales, siendo necesario su conservación para hacer efectiva la justificación o comprobación
del gasto subvencionado; en su caso, durante el plazo necesario para determinar las posibles
responsabilidades que se pudieran derivar. Puede contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org , o bien a la dirección postal calle O’Donnell,
número 50, Madrid. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, en su caso oposición
y los demás que le otorga la normativa vigente requerirán una solicitud firmada electrónica o
manualmente, dirigida al Responsable, “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales” por cualquier medio admitido en derecho donde conste copia de DNI o no
oponiéndose a su consulta.
Vigésimo cuarto
Impugnabilidad de la convocatoria
Contra el presente acto de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un
mes ante el titular de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, o bien directamente,
en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de su extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Vigésimo quinto
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
a adoptar las medidas necesarias para la aplicación de lo establecido en esta orden.
Vigésimo sexto
Efectos
La orden producirá efectos el día siguiente al de la publicación de su extracto en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de marzo de 2023.

LETÍN

BOCM-20230414-20

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO