Tres Cantos (BOCM-20230413-93)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 87
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
TRES CANTOS
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos en sesión celebrada el
23.02.2023 ha adoptado el acuerdo n.o 7/2023, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“1. Aprobar definitivamente el Plan especial de mejora de la ordenación pormenorizada de las manzanas TPT.1 y TPT.2 y viario circundante en el Sector Ar Nuevo Tres
Cantos sometido a las condiciones señaladas en el informe emitido por el ADIF y en el Informe Ambiental Estratégico e incluidos en el documento aportado el 24 de enero de 2023,
RE n.o 2401/2023 y documentación complementaria aportada el 2 de febrero de 2023, RE
n.o 3382/2023. El promotor deberá aportar un único documento refundido incluyendo la documentación aportada el 2 de febrero de 2023 para su diligencia, remisión al Registro administrativo y publicación.
2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la consejería competente.
3. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del articulado
de las normas urbanísticas del Plan Especial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID para su entrada en vigor, con indicación de haber procedido a su depósito en
el Registro Administrativo. Se publicará igualmente la documentación indicada en el art. 32
de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, debiendo ser remitido el anuncio en un plazo de diez días desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.
4. Expedir certificación del acuerdo de aprobación definitiva para su incorporación
al expediente.
5. Dar traslado a Patrimonio. Urbanismo y a Patrimonio. Inventario para que se lleven a cabo los trámites necesarios en el Registro de la Propiedad y en el inventario municipal en relación con las variaciones del viario derivadas del documento que se apruebe
definitivamente”.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
A los efectos del art. 32 de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental:
— El documento aprobado definitivamente podrá ser consultado en
https://web.trescantos.es/publicacion/planes-especiales/
— El Informe Ambiental Estratégico ha sido objeto de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 2, de fecha 3 de enero de 2023
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía
administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio
de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
BOCM-20230413-93
URBANISMO
Pág. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 87
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
TRES CANTOS
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos en sesión celebrada el
23.02.2023 ha adoptado el acuerdo n.o 7/2023, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“1. Aprobar definitivamente el Plan especial de mejora de la ordenación pormenorizada de las manzanas TPT.1 y TPT.2 y viario circundante en el Sector Ar Nuevo Tres
Cantos sometido a las condiciones señaladas en el informe emitido por el ADIF y en el Informe Ambiental Estratégico e incluidos en el documento aportado el 24 de enero de 2023,
RE n.o 2401/2023 y documentación complementaria aportada el 2 de febrero de 2023, RE
n.o 3382/2023. El promotor deberá aportar un único documento refundido incluyendo la documentación aportada el 2 de febrero de 2023 para su diligencia, remisión al Registro administrativo y publicación.
2. Remitir un ejemplar del documento aprobado definitivamente al Registro Administrativo de la consejería competente.
3. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del articulado
de las normas urbanísticas del Plan Especial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID para su entrada en vigor, con indicación de haber procedido a su depósito en
el Registro Administrativo. Se publicará igualmente la documentación indicada en el art. 32
de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, debiendo ser remitido el anuncio en un plazo de diez días desde la adopción del acuerdo de aprobación definitiva.
4. Expedir certificación del acuerdo de aprobación definitiva para su incorporación
al expediente.
5. Dar traslado a Patrimonio. Urbanismo y a Patrimonio. Inventario para que se lleven a cabo los trámites necesarios en el Registro de la Propiedad y en el inventario municipal en relación con las variaciones del viario derivadas del documento que se apruebe
definitivamente”.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el registro administrativo de los planes de ordenación urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.
A los efectos del art. 32 de Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental:
— El documento aprobado definitivamente podrá ser consultado en
https://web.trescantos.es/publicacion/planes-especiales/
— El Informe Ambiental Estratégico ha sido objeto de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 2, de fecha 3 de enero de 2023
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 37 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía
administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio
de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
BOCM-20230413-93
URBANISMO