Alcalá de Henares (BOCM-20230413-57)
Organización y funcionamiento. Reglamento Consejo Local
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 87

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

ALCALÁ DE HENARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por parte del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en sesión ordinaria
celebrada el día 21 de marzo de 2022, se dio por enterado de la elevación a definitivo del acuerdo de aprobación inicial del reglamento del Consejo Local de Comercio de la ciudad de Alcalá de Henares, acordada su aprobación inicial por el Pleno en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2022, debiendo proceder a la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica municipal, habida cuenta de que ya ha
transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la remisión del texto a la Administración del
Estado y a la de la Comunidad de Madrid, y cuyo texto es el siguiente:
«REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE COMERCIO
DE LA CIUDAD DE ALCALÁ DE HENARES
FUNDAMENTACIÓN Y CONTEXTO DEL CONSEJO LOCAL DE COMERCIO
La creación del Consejo Local de Comercio de Alcalá de Henares, está vinculada a las
obligaciones y competencias recogidas en la legislación vigente, desde la Constitución Española, respecto al derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de sus representantes, como la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, que reconoce los derechos de los vecinos de participar en la
gestión municipal.
Es voluntad de esta Corporación Municipal establecer los principios y líneas estratégicas del comercio local, como elementos esenciales para impulsar, ayudar y potenciar su
desarrollo económico y social, configurando este órgano como un órgano de carácter consultivo, con la finalidad de informar, proponer, consultar y asesorar en el desarrollo de las
políticas e iniciativas que afecten al sector comercial de nuestra Ciudad.
Y, es en esta línea en la se crea este Consejo Local de Comercio, como un verdadero
órgano de participación e interlocutor necesario para mejorar y reforzar la relación entre el
Ayuntamiento de Alcalá de Henares y los distintos colectivos o representantes del sector.

Artículo 1. Definición.—La creación del Consejo Local de Comercio, como un órgano consultivo municipal del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, adscrito a Concejalía competente en materia de comercio, se configura como el instrumento de participación, representación y canalización de temas que afectan al sector comercial, que tiene
como fin primordial servir de marco de encuentro entre los representantes del sector comercial del municipio y las instituciones públicas y privadas, propiciando la vía de colaboración y la coordinación, la mejor ordenación y máxima eficacia de las actuaciones en el sector comercial.
Art. 2. Régimen jurídico.—La constitución del Consejo Local Comercio se fundamenta en los artículos 130 y 131 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, así como en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del
Ayuntamiento de Alcalá de Henares (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 53, de 4 de marzo de 2019).
El Pleno de la Corporación es el órgano competente para acordar el establecimiento de
consejos sectoriales locales, cuya finalidad será la de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en asuntos municipales.
Su funcionamiento y actuación se regirán por lo dispuesto en el presente Reglamento
y supletoriamente por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento

BOCM-20230413-57

NATURALEZA Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN