D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230413-52)
Convenio – Convenio de 30 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para la colaboración en la organización del Campeonato de España de Barco Dragón [DB12 Veterano Femenino, DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino, DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad Funcional] en la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 87
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
Pág. 253
na Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF), se conservarán hasta que dichas auditorías,
recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido.
Los perceptores finales deben comprometerse por escrito a conceder los derechos y los
accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo,
la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
La Federación deberá cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecidas en el apartado 2 del artículo 34 del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión Europea y una declaración de financiación
adecuada que indique “financiado por la Unión Europea–Next Generation EU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente,
efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (tales como identificaciones gráficas, carteles informativos, etc.).
En el caso de que se determine la identificación mediante alguno de estos medios, dichas
identificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y ajustarse al manual de estilo y diseño oficiales (tales como logo con el emblema de la Unión
Europea, textos tales como “Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”, normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de ejecución 821/2014, consultables en http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y
ejemplos en https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#downloadSexta
Justificación del gasto y pago
Séptima
Vigencia y modificación del convenio
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de mayo de 2023,
sin posibilidad de prórroga. Las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar lo estipulado en
relación a su colaboración para la celebración campeonato, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
BOCM-20230413-52
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en
función de la justificación del gasto que la Federación deberá presentar a la conclusión del campeonato y antes del 15 de mayo de 2023, y que incluirá la cuenta justificativa de los costes sufragados para el desarrollo del campeonato recogidos en el desglose de gastos anteriormente
indicado. Asimismo, se presentará una memoria explicativa de la actividad desarrollada en relación con los gastos sufragados durante la competición.
Además, la Federación presentará la justificación documental de todos los gastos recogidos en la cuenta justificativa, los cuales se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil.
Asimismo, la Federación presentará, en su caso, declaración en la que reflejará los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de organización del campeonato. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad
pendiente de abono por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad.
Una vez determinado el importe definitivo, se procederá a un pago único, por un importe máximo de 18.140 euros, con cargo al subconcepto 22802, del programa 336A, proyecto 2022/001246, fondo 2022/00100, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2023, (Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados para 2023 con los criterios establecidos
en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales
de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023) financiándose íntegramente con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, C26 Fomento del Sector del Deporte-C26.I03.P02 una vez realizadas
las obligaciones que la federación asume de acuerdo a lo previsto en las cláusulas segunda
y quinta del presente convenio y previa justificación documental del gasto incurrido, tras la
celebración de la competición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 87
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
Pág. 253
na Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF), se conservarán hasta que dichas auditorías,
recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido.
Los perceptores finales deben comprometerse por escrito a conceder los derechos y los
accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo,
la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
La Federación deberá cumplir con las obligaciones de información y publicidad que
las autoridades competentes establezcan, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecidas en el apartado 2 del artículo 34 del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y velarán por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión Europea y una declaración de financiación
adecuada que indique “financiado por la Unión Europea–Next Generation EU”, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente,
efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (tales como identificaciones gráficas, carteles informativos, etc.).
En el caso de que se determine la identificación mediante alguno de estos medios, dichas
identificaciones deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público, y ajustarse al manual de estilo y diseño oficiales (tales como logo con el emblema de la Unión
Europea, textos tales como “Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”, normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de ejecución 821/2014, consultables en http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y
ejemplos en https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#downloadSexta
Justificación del gasto y pago
Séptima
Vigencia y modificación del convenio
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de mayo de 2023,
sin posibilidad de prórroga. Las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar lo estipulado en
relación a su colaboración para la celebración campeonato, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
BOCM-20230413-52
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en
función de la justificación del gasto que la Federación deberá presentar a la conclusión del campeonato y antes del 15 de mayo de 2023, y que incluirá la cuenta justificativa de los costes sufragados para el desarrollo del campeonato recogidos en el desglose de gastos anteriormente
indicado. Asimismo, se presentará una memoria explicativa de la actividad desarrollada en relación con los gastos sufragados durante la competición.
Además, la Federación presentará la justificación documental de todos los gastos recogidos en la cuenta justificativa, los cuales se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil.
Asimismo, la Federación presentará, en su caso, declaración en la que reflejará los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de organización del campeonato. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad
pendiente de abono por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad.
Una vez determinado el importe definitivo, se procederá a un pago único, por un importe máximo de 18.140 euros, con cargo al subconcepto 22802, del programa 336A, proyecto 2022/001246, fondo 2022/00100, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2023, (Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados para 2023 con los criterios establecidos
en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales
de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023) financiándose íntegramente con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, C26 Fomento del Sector del Deporte-C26.I03.P02 una vez realizadas
las obligaciones que la federación asume de acuerdo a lo previsto en las cláusulas segunda
y quinta del presente convenio y previa justificación documental del gasto incurrido, tras la
celebración de la competición.