D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230413-52)
Convenio – Convenio de 30 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Piragüismo, para la colaboración en la organización del Campeonato de España de Barco Dragón [DB12 Veterano Femenino, DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino, DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad Funcional] en la Comunidad de Madrid, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 87
competición, es por lo que ambas partes acuerdan la formalización del presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid y la Federación Madrileña de Piragüismo (en adelante, la Federación) en aras a la
celebración del Campeonato de España de Barco Dragón [DB12 Veterano Femenino,
DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino, DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad
Funcional] que se celebrará el 15 y el 16 de abril de 2023 en el estanque del Parque del Retiro, en Madrid.
Segunda
Obligaciones de la Federación Madrileña de Piragüismo
1. La Federación asume, como organizadora del Campeonato de España de Barco
Dragón [DB12 Veterano Femenino, DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino,
DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad Funcional] en la Comunidad de Madrid, objeto del presente convenio, las siguientes obligaciones principales, así como las accesorias que, en su
caso, deriven o puedan derivar de estas, junto con sus costes económicos:
a) Puesta a disposición de personal técnico necesario para la organización de la competición, que se encargará de que esta pueda comenzar y desarrollarse conforme a las
exigencias técnicas de un evento deportivo de tales características, conforme a la reglamentación técnica oficial federativa y, en su caso, de las normas internacionales
que procedan y, en concreto, para realizar las tareas generales de secretaría, así como
la gestión de participaciones y el envío de documentación informativa y reglamentaria necesaria para dicha participación.
b) Montaje técnico y adecuación (incluido el mantenimiento y limpieza necesarios, y
el montaje y funcionamiento de la secretaría técnica u órgano equivalente) de las
instalaciones fijas o provisionales y de las demás zonas de competición.
c) Derechos de calendario de la Real Federación Española de Piragüismo.
d) Puesta a disposición del personal de control de accesos y del personal de seguridad
y vigilancia del campeonato.
e) Contratación de los seguros de responsabilidad civil de los participantes.
f) Contratación del seguro de accidentes para los voluntarios.
g) Protección civil.
h) Médicos, ambulancias y demás servicios legalmente necesarios que garanticen la
cobertura médico sanitaria del evento.
i) Puesta a disposición de los comisarios y delegados federativos necesarios para el
desarrollo de la competición, de acuerdo a lo exigido por la Real Federación Española de Piragüismo.
j) Impresión, preparación y gestión del material gráfico (entradas, acreditaciones,
serigrafía, etc.).
k) Premios y trofeos.
l) Alojamiento, traslados y manutención del personal federativo.
m) Manutención del personal y de los voluntarios durante las jornadas de competición.
n) Contenedores, pódium y otras infraestructuras necesarias para el campeonato.
ñ) Personal de limpieza.
o) Otros elementos técnicos necesarios para el desarrollo de la competición.
La celebración de la competición se encuentra sujeta a lo establecido en la Ley 19/2007,
de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte; en
consecuencia, la Federación, como organizadora de la misma, asume las responsabilidades
que le atribuye la ley en el ámbito de la seguridad, prevención y control, entre otros, con la
coordinación de la Delegación de Gobierno.
Asimismo, la Federación se responsabilizará de que la competición disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias, según la normativa vigente en este tipo
de actividades, así como cuantos permisos o autorizaciones administrativas sean preceptivos,
de la reserva del espacio público necesario y de cualquier otra necesidad (montaje y desmontaje, paso de vehículos, unidades móviles de televisión, aparcamientos, espacios publicitarios,
BOCM-20230413-52
Pág. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 87
competición, es por lo que ambas partes acuerdan la formalización del presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid y la Federación Madrileña de Piragüismo (en adelante, la Federación) en aras a la
celebración del Campeonato de España de Barco Dragón [DB12 Veterano Femenino,
DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino, DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad
Funcional] que se celebrará el 15 y el 16 de abril de 2023 en el estanque del Parque del Retiro, en Madrid.
Segunda
Obligaciones de la Federación Madrileña de Piragüismo
1. La Federación asume, como organizadora del Campeonato de España de Barco
Dragón [DB12 Veterano Femenino, DB12 Senior Femenino, DB12 BCS-ACS Femenino,
DB12 Paradragón (pd2)-Diversidad Funcional] en la Comunidad de Madrid, objeto del presente convenio, las siguientes obligaciones principales, así como las accesorias que, en su
caso, deriven o puedan derivar de estas, junto con sus costes económicos:
a) Puesta a disposición de personal técnico necesario para la organización de la competición, que se encargará de que esta pueda comenzar y desarrollarse conforme a las
exigencias técnicas de un evento deportivo de tales características, conforme a la reglamentación técnica oficial federativa y, en su caso, de las normas internacionales
que procedan y, en concreto, para realizar las tareas generales de secretaría, así como
la gestión de participaciones y el envío de documentación informativa y reglamentaria necesaria para dicha participación.
b) Montaje técnico y adecuación (incluido el mantenimiento y limpieza necesarios, y
el montaje y funcionamiento de la secretaría técnica u órgano equivalente) de las
instalaciones fijas o provisionales y de las demás zonas de competición.
c) Derechos de calendario de la Real Federación Española de Piragüismo.
d) Puesta a disposición del personal de control de accesos y del personal de seguridad
y vigilancia del campeonato.
e) Contratación de los seguros de responsabilidad civil de los participantes.
f) Contratación del seguro de accidentes para los voluntarios.
g) Protección civil.
h) Médicos, ambulancias y demás servicios legalmente necesarios que garanticen la
cobertura médico sanitaria del evento.
i) Puesta a disposición de los comisarios y delegados federativos necesarios para el
desarrollo de la competición, de acuerdo a lo exigido por la Real Federación Española de Piragüismo.
j) Impresión, preparación y gestión del material gráfico (entradas, acreditaciones,
serigrafía, etc.).
k) Premios y trofeos.
l) Alojamiento, traslados y manutención del personal federativo.
m) Manutención del personal y de los voluntarios durante las jornadas de competición.
n) Contenedores, pódium y otras infraestructuras necesarias para el campeonato.
ñ) Personal de limpieza.
o) Otros elementos técnicos necesarios para el desarrollo de la competición.
La celebración de la competición se encuentra sujeta a lo establecido en la Ley 19/2007,
de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte; en
consecuencia, la Federación, como organizadora de la misma, asume las responsabilidades
que le atribuye la ley en el ámbito de la seguridad, prevención y control, entre otros, con la
coordinación de la Delegación de Gobierno.
Asimismo, la Federación se responsabilizará de que la competición disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias, según la normativa vigente en este tipo
de actividades, así como cuantos permisos o autorizaciones administrativas sean preceptivos,
de la reserva del espacio público necesario y de cualquier otra necesidad (montaje y desmontaje, paso de vehículos, unidades móviles de televisión, aparcamientos, espacios publicitarios,
BOCM-20230413-52
Pág. 248
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