Madrid número 18 (BOCM-20230412-93)
Procedimiento 2488/2022
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 378

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 86

Tercero.—En cuanto a la pena, teniendo en cuenta el grado de tentativa de la falta, y
lo dispuesto en los artículos 62, 70 y 71 del Código Penal, procede aplicar la pena inferior
en grado.
Por todo ello, y teniendo en cuenta el artículo 66 del Código Penal, procede la imposición de la pena de multa de 15 días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, a la vista de
la situación económica del denunciado.
Cuarto.—En cuanto a las costas, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 123
del Código Penal, 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede la imposición
al condenado de las costas de este procedimiento.
Quinto.—En caso de impago de la multa, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias
no satisfechas, a tenor del artículo 53 del Código Penal.
Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación.
Fallo

BOCM-20230412-93

Que debo condenar y condeno a Daniel Rodríguez García, como autor de un delito leve
de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 15 días, con una cuota diaria de 2
euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por
cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito constituído sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del
establecimiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la juez/magistrado/a juez
(firmado).
Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por
el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día
de la fecha, de todo lo cual doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. Daniel Rodríguez
García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 16 de marzo de 2023.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/4.688/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791