A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230412-3)
Ley –  Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 86

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Presidencia de la Comunidad
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LEY 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

La Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
ÍNDICE
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales.
CAPÍTULO I. Objeto, bienes que integran el patrimonio cultural y principios de
actuación.
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Bienes que integran el patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3. Principios de actuación.
CAPÍTULO II. Administraciones Públicas y órganos consultivos.
Artículo 4. Competencias de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Artículo 5. Competencias de los municipios.
Artículo 6. Órganos consultivos.
Artículo 7. Consejo Regional de Patrimonio Cultural.
Artículo 8. Las Comisiones de patrimonio histórico.
CAPÍTULO III. Colaboración con los titulares de bienes culturales y con la ciudadanía.
Artículo 9. Colaboración con los titulares de bienes de patrimonio cultural.
Artículo 10. Colaboración con la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas.
Artículo 11. Colaboración ciudadana y acción pública.
Clasificación, categorías de los bienes culturales y entornos de protección.
Clasificación de bienes culturales en función de sus declaraciones de
Entorno de protección.
Categorías de los bienes inmuebles.
Prohibición de publicidad en Monumentos y Jardines Históricos.
Categorías de los bienes muebles.
Categorías de los bienes inmateriales.

TÍTULO II. Los procedimientos de declaración.
CAPÍTULO I. Procedimiento de declaración de Bienes de Interés Cultural y de Bienes de Interés Patrimonial.
Artículo 18. Incoación del procedimiento.
Artículo 19. Contenido y efectos de la incoación del procedimiento de declaración.
Artículo 20. Notificación, período de información pública y consultas.
Artículo 21. Acceso a los bienes y solicitud de información a los titulares.
Artículo 22. Plazo de resolución y declaración de caducidad.
Artículo 23. Resolución del procedimiento de declaración.
Artículo 24. Inscripción.
Artículo 25. Efectos de la declaración sobre la normativa urbanística.
Artículo 26. Procedimiento para dejar sin efecto o modificar una declaración.
CAPÍTULO II. Procedimiento de declaración de los Bienes Catalogados.
Artículo 27. Procedimiento de declaración de los Bienes Catalogados.

BOCM-20230412-3

TÍTULO I.
Artículo 12.
protección.
Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Artículo 16.
Artículo 17.