A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230412-1)
Ley –  Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid
75 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

Pág. 39

Artículo 26
1. La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad de Madrid es el
órgano colegiado de carácter técnico y de participación al que corresponde la aplicación del
régimen de acceso y la valoración de los documentos judiciales.
2. La adscripción, composición y funcionamiento de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad de Madrid se establecerán reglamentariamente de
acuerdo con lo dispuesto por la legislación estatal.
3. Son funciones de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad
de Madrid:
a) Aprobar los criterios de valoración y selección de los documentales judiciales, que
regirán la determinación de su conservación permanente o su eliminación por su
inutilidad judicial, administrativa, histórica o cultural.
b) Confeccionar un modelo de formulario electrónico uniforme y obligatorio mediante el que los archivos judiciales de gestión, o, en su caso, el Archivo Judicial
Territorial de la Comunidad de Madrid, remitirán la relación de expedientes que
sometan a la valoración de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la
Comunidad de Madrid, el cual contendrá, como mínimo, los datos a que se refiere el artículo 13.3 del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de
los archivos judiciales. Dicho impreso podrá ser sustituido por las aplicaciones informáticas de gestión que se consideren convenientes.
c) Recibir y comprobar que los procedimientos incluidos en las relaciones remitidas
por parte de los archivos judiciales de gestión cumplen los requisitos para poder
ser considerados objeto de expurgo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio.
d) Aprobar las Tablas de Valoración de las series documentales judiciales, que determinarán, en todo caso, los plazos de transferencia a los distintos archivos del Subsistema
de Archivos de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, su régimen
de acceso y su conservación permanente o eliminación total o parcial atendiendo a su
valor administrativo, fiscal, contable, jurídico, informativo o histórico.
e) Publicar las relaciones de expedientes judiciales, cuya eliminación se haya aprobado, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y una referencia de
estas relaciones en un diario de los de mayor difusión en el ámbito de la Comunidad de Madrid, al objeto de que, en el plazo de dos meses, puedan los interesados
recuperar aquellos documentos en su día aportados por ellos al proceso.
f) Acordar, conforme a las Tablas de Valoración aprobadas, la transferencia al Archivo Histórico Provincial de Madrid de los expedientes judiciales que deban ser
conservados permanentemente por su valor histórico–cultural, jurídico o procesal,
o bien la eliminación de los que no deban ser preservados. La eliminación se llevará a cabo mediante enajenación o destrucción.
g) Informar y dar traslado de un certificado acreditativo a los archivos judiciales de
gestión y al Archivo Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid sobre las decisiones y acuerdos adoptados para que tengan constancia documentada del destino definitivo de los expedientes judiciales.
h) Estudiar las cuestiones relativas a la custodia de los documentos judiciales electrónicos y, en general, elevar propuestas a la Consejería competente en materia de
Justicia para una mejor administración de los archivos judiciales de gestión y del
Archivo Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid.
i) Conocer e informar las medidas, los programas y las aplicaciones informáticas
que den soporte a la gestión de los archivos judiciales de gestión y al Archivo Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid, así como aquellas otras para la reconversión de los documentos judiciales en soporte convencional a soporte electrónico.
j) Cualesquiera otras funciones que se determinen reglamentariamente.
4. La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad de Madrid solicitará de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid,
a los efectos de lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, la
elaboración del informe que declare la conservación de los documentos judiciales por razón de su valor histórico-cultural.

BOCM-20230412-1

Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunidad de Madrid