C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230410-9)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 84

Como objetivos específicos se establecen:









Incrementar los resultados escolares de aprendizajes cognitivos y socioemocionales.
Reducir el número de alumnos y alumnas que repite curso.
Reducir el número de alumnos y alumnas que presenta dificultades para el aprendizaje.
Reducir el absentismo escolar, mejorando las fases del proceso de aprendizaje.
Conseguir y mantener un buen clima inclusivo en los centros.
Conseguir y mantener un buen nivel de satisfacción en el proceso de enseñanza/aprendizaje.
Conseguir y mantener expectativas positivas del profesorado sobre todo el alumnado.
Avanzar hacia una escuela inclusiva y sin segregación interna en los centros.

B) Coste presupuestario
La financiación de los convenios-subvención para el Programa PROA + 21-23, correspondiente al
curso 2022-2023 asciende a 2.055.458 € con cargo a los créditos incluidos en los subconceptos
48501 Educación infantil; 48502 Educación Primaria, 48505 Formación Profesional, 48506
Bachillerato, y 48507 Educación Secundaria Obligatoria ESO, del programa presupuestario 323M
“Educación concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid.
Para el curso 2023/2024 el crédito a distribuir será el mismo que en el curso 2022-2023, es decir,
2.055.458 € con cargo a los créditos incluidos en los subconceptos arriba reseñados.
C) Fuente de financiación
Los convenios-subvención acogidos a este Plan Estratégico están financiados al 100% por el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el reglamento (UE) 2020/2094 del
Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la
Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
D) Plazo
Ejercicios presupuestarios 2022 y 2023 y abarcará respetivamente los cursos escolares 2022-2023
y 2023-2024.
Se realizarán convenios-subvención para cada uno de los cursos escolares incluidos en el Plan.
E) Efectos
El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos generales y específicos planteados.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
Los indicadores serán los siguientes:








% Grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos del centro.
% Grado de cumplimiento de los compromisos del centro.
% Grado de cumplimiento de progreso global.
% Grado de cumplimiento de ejecución y su calidad del Plan de Actividades Palanca.
% Grado de cumplimiento de los objetivos del Plan de Actividades Palanca (impacto).
% Alumnado matriculado en situación de vulnerabilidad; % de mejora respecto a la situación inicial.
% Alumnado en alguna de las siguientes situaciones: absentismo, repetición de curso,
superación de curso o ciclo; % de mejora respecto a la situación inicial.
— % Alumnado que supera ciclo o curso según tipología de alumnos: mujeres, hombres, alumnado
vulnerable, alumnado repetidor; % de mejora respecto a la situación inicial

No se prevén medidas correctoras, dado que tanto el número de centros participantes como el
crédito presupuestario están determinados con anterioridad.
H) Evaluación
La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores.
Al inicio de la convocatoria se evaluarán los datos obtenidos del desarrollo del programa en el curso
anterior, con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido a los efectos de verificar la correcta
evolución del Plan Estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.

BOCM-20230410-9

G) Medidas correctoras