D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230408-3)
Convenio –  Convenio de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), a través de su Delegación Territorial en Madrid, para la colaboración en el ámbito de la atención sanitaria a las personas ciegas o con deficiencia visual grave en los centros del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE ABRIL DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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CONVENIO de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Organización
Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), a través de su Delegación Territorial
en Madrid, para la colaboración en el ámbito de la atención sanitaria a las personas ciegas o con deficiencia visual grave en los centros del Servicio Madrileño
de Salud.
REUNIDOS

De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad nombrado mediante
Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio
de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad conforme a los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa
de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10
de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública nombrado mediante el Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid, y en virtud de las competencias que le otorgan los artículos 4.3.b)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril y 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se
establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
De otra parte, D. Luis Natalio Royo, en nombre y representación de la Organización
Nacional de Ciegos Españoles (en adelante ONCE), con NIF G-72872815, con domicilio
social en la calle Prado, número 24, 28014 de Madrid, y domicilio a efectos del presente
convenio en la calle Prim, número 3, 28004, de la misma localidad, en calidad de Delegado Territorial de la ONCE en Madrid, con facultades suficientes en virtud del poder otorgado ante el notario de Madrid, D. Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, el día 31
de enero de 2023, con el número 452 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas y se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio.
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria
de la Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la
organización.

Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control de
la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en humanización sanitaria. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20230408-3

Segundo