Torrejón de Ardoz (BOCM-20230404-113)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
113

TORREJÓN DE ARDOZ
URBANISMO

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 13 de marzo de 2023, se
ha adoptado acuerdo de aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad Urbanística de
Conservación del Sector SUNP.I1 “Los Almendros” de Torrejón de Ardoz, que a continuación se transcriben:
TÍTULO I

Artículo 1. Constitución y denominación.—De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 24 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística, artículos 136 y 137 de la
Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el Plan Parcial del
Sector SUNP I 1 “Los Almendros” de Torrejón de Ardoz, aprobado definitivamente por
acuerdo plenario de 30 de septiembre de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 63 de 27 de Octubre de 2015), modificado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 30 de septiembre de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID n.o 246 de 9 de octubre de 2020), se constituye la Entidad denominada “Entidad Urbanística de Conservación del Sector “Los Almendros” de Torrejón de Ardoz” (en
adelante “la Entidad” o “Entidad”) con sujeción a los presentes E Estatutos.
Art. 2. Naturaleza jurídica.—La Entidad tendrá naturaleza administrativa y actuará
bajo el control y fiscalización del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Madrid), gozando
de personalidad jurídica a partir del momento de su inscripción en el Registro de Entidades
Urbanísticas Colaboradoras de Conservación, con plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines de conformidad con lo señalado en el artículo 137.1 y 137.2 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid.
Art. 3. Régimen jurídico.—La presente Entidad se regirá por lo dispuesto en estos
Estatutos, en el Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978, en la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y demás normativa urbanística que resulte de aplicación.
Art. 4. Ámbito.—El ámbito de la Entidad se corresponde con el ámbito del Plan Parcial
del Sector SUNP I 1” Los Almendros” del término municipal de Torrejón de Ardoz (Madrid).
Art. 5. Objeto y finalidad.—1. El objeto de la Entidad lo constituye el atender a la
financiación, administración y gestión de la conservación de la urbanización resultante de
la ejecución del planeamiento vigente en el ámbito territorial del Sector SUNP I1” Los Almendros” de Torrejón de Ardoz (Madrid), con el alcance que más adelante se dirá, facilitando e instrumentando el cumplimiento del deber de conservación de la urbanización impuesto por el Plan Parcial aprobado a los propietarios de las parcelas resultantes bajo las
directrices y vigilancia del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
2. En cumplimiento de su objeto, la Entidad desarrollará las siguientes funciones:
a) La integración de los propietarios de las parcelas resultantes de la urbanización a
fin de promover e instrumentar el cumplimiento por parte de estos de su deber de
conservación de la urbanización.
b) Velar por el uso y disfrute adecuado de los elementos de la urbanización cuya conservación le compete, exigiendo el cumplimiento de los reglamentos y ordenanzas correspondientes.
c) Velar por la correcta presentación de todos los servicios públicos dentro de la urbanización por parte de las compañías suministradoras y entidades competentes.
d) Establecer y gestionar un fondo económico para la consecución del objeto de la
entidad, mediante aportaciones dinerarias iniciales, derramas posteriores o de
cualquier otra forma establecida en los presentes Estatutos.
e) Abrir, seguir y cancelar cuentas y depósitos de cualquier clase en establecimientos
bancarios.

BOCM-20230404-113

Denominación, constitución, ámbito, objeto, domicilio y duración