C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230404-38)
Regula procesos selectivos policía local –  Orden de 22 de marzo de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se determinan las pruebas y los conocimientos que podrán eximirse en los procesos selectivos para el acceso por promoción interna a la categoría de Policía de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

y conocimientos que ya superaron en el acceso al cuerpo o escala de origen, así como homogeneizar el conjunto de convocatorias que realicen las corporaciones locales para el acceso
por promoción interna a la categoría de Policía. De ello se deriva que la aprobación de la presente norma resulta el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
La orden contiene la regulación mínima imprescindible para atender a la necesidad a
la que responde la nueva regulación; esto es, garantizar criterios homogéneos de aplicación
en los procesos selectivos convocados por los ayuntamientos constituidos en la Comunidad
de Madrid para el acceso a la categoría de Policía por promoción interna mediante la exención de determinadas pruebas y conocimientos que pueden considerarse acreditados por los
aspirantes, con lo que se da cumplimiento al principio de proporcionalidad.
También se adecúa al principio de seguridad jurídica, ya que la orden resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico para generar un marco normativo estable de aplicación común a los Cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid, que facilita la
toma de decisiones de los ayuntamientos convocantes de procesos de promoción interna a
la categoría de Policía y de los aspirantes en dichos procesos selectivos.
En aplicación del principio de transparencia, y sin perjuicio del sometimiento durante
la elaboración de la norma al trámite de audiencia e información públicas, facilitando el acceso a los documentos propios de su proceso de elaboración, se ha posibilitado que los potenciales destinatarios hayan tenido una participación activa, durante su proceso de confección, a través de la Comisión delegada de la Comisión Regional de Coordinación de las
Policías Locales prevista en el artículo 22 d) de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, en la que
están representados los sectores afectados en la materia.
La orden se adecúa al principio de eficiencia al no contemplar cargas administrativas,
permitiendo racionalizar la gestión de los recursos públicos.
Igualmente, para la elaboración de esta orden se han solicitado los informes preceptivos
de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social sobre los impactos de carácter social,
el de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, el informe de la Abogacía General, así como el informe preceptivo de la Comisión Regional de
las Policías Locales, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 a) de la Ley 1/2018,
de 22 de febrero, y el correspondiente informe a la Oficina de Calidad Normativa de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, en atención al Decreto 52/2021, de 24 de marzo.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 41.d) de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. Constituye el objeto de la orden determinar las pruebas y los conocimientos que
se consideran acreditados para la promoción interna a la categoría de Policía de los funcionarios de carrera de la Administración Local que, perteneciendo a cuerpos o escalas del subgrupo de clasificación profesional inmediato inferior o igual, desempeñen actividades coincidentes o análogas en su contenido profesional y técnico al de la policía local.
2. La orden resultará de aplicación a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid
que convoquen procesos selectivos para el acceso por promoción interna a los Cuerpos de
policía local a través de la categoría de Policía.
Artículo 2
Las pruebas y los conocimientos que se consideran acreditados por los funcionarios de
carrera de la Administración Local en el acceso al cuerpo o escala de origen de que se trate, a los efectos de su exención en las correspondientes bases de convocatoria municipales
para el acceso por promoción interna a los Cuerpos de policía local a través de la categoría
de Policía, son los siguientes:
a) Los conocimientos de las pruebas culturales que hayan sido previamente exigidos a los
aspirantes en el acceso al cuerpo o escala de origen que el ayuntamiento convocante
considere equivalentes a los establecidos para los procesos selectivos de cobertura de
plazas de la categoría de Policía en el correspondiente Cuerpo de policía local.

BOCM-20230404-38

Acreditación de pruebas y conocimientos