A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230404-3)
Plan de estudios – Decreto 25/2023, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 48
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 80
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Alumnado procedente del plan de estudios anterior
1. Aquel alumnado que haya iniciado las enseñanzas conforme al plan de estudios
previo a lo establecido en el presente Decreto, y que, durante el período de implantación de
las enseñanzas se viera afectado como consecuencia de la decisión de no promoción a segundo curso adoptada por el equipo docente en el año académico 2022-2023 o la decisión
de no titulación en el curso académico 2023-2024, podrá continuar las enseñanzas conforme al nuevo plan de estudios establecido en el presente Decreto.
2. Aquel alumnado que, habiendo cursado el primer curso del ciclo formativo en el
año académico 2022-2023, promocione a segundo curso debiendo superar algún módulo
profesional del primer curso, podrá matricularse en el curso 2023-2024 de dichos módulos
pendientes de superar siguiendo el plan de estudios anterior.
3. Asimismo, quienes hayan interrumpido su formación y se reincorporen a estas enseñanzas una vez implantado el nuevo plan de estudios, continuarán sus estudios conforme
al plan de estudios fijado en este Decreto.
4. Aquel alumnado que hubiera comenzado estas enseñanzas con anterioridad a la
implantación del presente Decreto continuará sus estudios con el plan de estudios nuevo,
trasladándose las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a su expediente académico y computándose el número de convocatorias realizadas en los módulos formativos cursados. En el caso de los módulos que hayan cambiado su denominación,
los alumnos podrán solicitar la convalidación de los módulos nuevos a la dirección general
competente en la ordenación académica de estas enseñanzas.
5. El alumno que no obtenga el título correspondiente al citado ciclo formativo en el
curso 2023-2024 podrá continuar los estudios incorporándose al nuevo plan de estudios regulado en este Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 100/2014, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios de las Enseñanzas conducentes al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán, para el primer curso, en el curso académico 2023-2024 y para el segundo curso, en el curso académico 2024-2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Desarrollo normativo
Se habilita al titular de la consejería competente en materia de Educación a dictar las
disposiciones que sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de marzo de 2023.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20230404-3
Entrada en vigor
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 48
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 80
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Alumnado procedente del plan de estudios anterior
1. Aquel alumnado que haya iniciado las enseñanzas conforme al plan de estudios
previo a lo establecido en el presente Decreto, y que, durante el período de implantación de
las enseñanzas se viera afectado como consecuencia de la decisión de no promoción a segundo curso adoptada por el equipo docente en el año académico 2022-2023 o la decisión
de no titulación en el curso académico 2023-2024, podrá continuar las enseñanzas conforme al nuevo plan de estudios establecido en el presente Decreto.
2. Aquel alumnado que, habiendo cursado el primer curso del ciclo formativo en el
año académico 2022-2023, promocione a segundo curso debiendo superar algún módulo
profesional del primer curso, podrá matricularse en el curso 2023-2024 de dichos módulos
pendientes de superar siguiendo el plan de estudios anterior.
3. Asimismo, quienes hayan interrumpido su formación y se reincorporen a estas enseñanzas una vez implantado el nuevo plan de estudios, continuarán sus estudios conforme
al plan de estudios fijado en este Decreto.
4. Aquel alumnado que hubiera comenzado estas enseñanzas con anterioridad a la
implantación del presente Decreto continuará sus estudios con el plan de estudios nuevo,
trasladándose las calificaciones obtenidas en los módulos profesionales superados a su expediente académico y computándose el número de convocatorias realizadas en los módulos formativos cursados. En el caso de los módulos que hayan cambiado su denominación,
los alumnos podrán solicitar la convalidación de los módulos nuevos a la dirección general
competente en la ordenación académica de estas enseñanzas.
5. El alumno que no obtenga el título correspondiente al citado ciclo formativo en el
curso 2023-2024 podrá continuar los estudios incorporándose al nuevo plan de estudios regulado en este Decreto.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 100/2014, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios de las Enseñanzas conducentes al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán, para el primer curso, en el curso académico 2023-2024 y para el segundo curso, en el curso académico 2024-2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Desarrollo normativo
Se habilita al titular de la consejería competente en materia de Educación a dictar las
disposiciones que sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de marzo de 2023.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20230404-3
Entrada en vigor