B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230404-15)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid,y se publica la relación provisional de personas excluidas, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

Cuarto
1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido
en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad
de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos. A tal efecto, la cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud de subsanación
se realizará mediante el formulario que se incorpora a esta resolución, y en los términos en
él establecidos, accediendo al mismo a través de la página web de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-educacion-infantil-estabilizacion ,
en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.
2. El formulario de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su
caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública, Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, y se presentarán de forma telemática, de conformidad con
lo establecido en el punto primero de este apartado cuarto.
Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad
de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable, cumplimentar los datos y presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de personas admitidas ni en la de
excluidas habrán de marcar la causa identificada con el código “A” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los
términos indicados en la base tercera de la citada Orden 471/2021, de 15 de octubre.
Quinto

BOCM-20230404-15

De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
Dado en Madrid, a 21 de marzo de 2023.—La Directora General de Función Pública,
firmado por delegación de firma mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021, la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.