B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230404-15)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid,y se publica la relación provisional de personas excluidas, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 80

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

Pág. 131

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de
estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas
de la categoría profesional de Educador, especialidad de Centros de Educación
Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid,y se publica la
relación provisional de personas excluidas, con indicación de si deben aportar
o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada

Mediante Orden 471/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 268, de 10 de noviembre) se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de
Educador, Especialidad de Centros de Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de
la Comunidad de Madrid, modificada posteriormente por la Orden 763/2021, de 27 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 18 de enero),
de la misma consejería, y ampliada por Orden 1766/2022, de 2 de septiembre (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 220, de 15 de septiembre).
De conformidad con lo establecido en las bases octava y novena de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que
se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, esta
Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero
Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en
las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites
del Punto de Acceso General de la Comunidad de Madrid, al que se puede acceder desde el
siguiente enlace:
https://tramita.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&estado_pendiente%5B1%5D=1&estado_plazo%5B1%5D=1&estado_tramitacion%5B1%5D=1 .
Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-educacion-infantil-estabilizacion

Tercero
De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo de la base novena de la reseñada
Orden 913/2019, de 26 de marzo, los aspirantes excluidos expresamente, los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o su no inclusión expresa en la relación provisional de personas admitidas al proceso por el turno libre.

BOCM-20230404-15

Segundo
Publicar, como Anexos I y II a esta Resolución, la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el mencionado proceso selectivo y la de aspirantes que han solicitado
adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la/s
adaptación/es solicitada/s.