Colmenar Viejo (BOCM-20230403-64)
Organización y funcionamiento. Modificación funciones
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B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ABRIL DE 2023

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3. Nombramiento de los miembros que deban formar parte de los Tribunales de
selección, de cualquier clase.
4. Resolver cuantos recursos pudieran interponerse contra decisiones adoptadas
por la propia Junta de Gobierno.
— En el área de Administración Pública:
1. Ordenar el cese de actividades en aquellos establecimientos que carezcan de
licencia o cuando la propuesta de suspensión de actividad resulte como consecuencia de expediente por infracción de la Ley de Espectáculos Públicos y
actividades recreativas.
2. La terminación de los expedientes de reclamación de responsabilidad patrimonial, solo cuando sea por resolución estimatoria o desestimatoria o por terminación convencional, no cuando sea por inadmisión, desistimiento, renuncia, caducidad u otras.
3. La aprobación de los convenios.
4. Resolver cuantos recursos pudieran interponerse contra decisiones adoptadas
por la propia Junta de Gobierno.
— En el área de Desarrollo Urbano:
1. Aprobar los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística y los proyectos de urbanización.
2. Otorgar las licencias de primera ocupación de los edificios.
3. Resolver los expedientes de otorgamiento/denegación de Licencias de Obras
con proyecto y parcelaciones urbanísticas.
4. Declarar la existencia de situación de ruina urbanística.
5. Asesorar acerca de la incoación de expedientes de disciplina urbanística.
6. Resolver cuantos recursos pudieran interponerse contra decisiones adoptadas
por la propia Junta de Gobierno.
— En el área de Subvenciones:
1. Aprobar las bases para el otorgamiento de subvenciones, tanto en régimen de
concurrencia competitiva como aquellas que resulten previstas nominativamente en el respectivo presupuesto.
2. Ordenar la instrucción de expedientes de reintegro de subvenciones y su resolución.
3. Control y supervisión de las subvenciones otorgadas, dictando los actos administrativos que declaren fehacientemente justificado el empleo de fondos públicos.
4. Resolver cuantos recursos pudieran interponerse contra decisiones adoptadas
por la propia Junta de Gobierno.
— En el área de Secretaría:
1. La denominación y numeración de policía de los viales públicos.
2. Resolver los expedientes de defensa del patrimonio de ejercicio de la potestad
de investigación, deslinde, recuperación de oficio y desahucio administrativo.
3. Resolver cuantos recursos pudieran interponerse contra decisiones adoptadas
por la propia Junta de Gobierno.
Tercero.—La Junta de Gobierno celebrará sesión ordinaria los miércoles de cada semana, a las 9,00 horas en primera convocatoria y en segunda, una hora más tarde.
La hora de celebración se podrá alterar en aquellos casos en los que por necesidades
organizativas sea necesario.
Cuarto.—Publíquese anuncio de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, notifíquese a los interesados y dese cuenta al Pleno de la
Corporación en los términos establecidos en los artículos 38.d, 44.2, 44.4 y 46.1 del
R.D. 2568/86 de 28 de noviembre.
Quinto.—La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a la firma de
la misma, dejando sin efectos y derogadas todas las dictadas anteriormente sobre la Junta
de Gobierno Local, Decretos 1916/2019, 1034/2020, 2866/2021 y 2752/2022”.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes de la Ley de Bases de Régimen Local.
Colmenar Viejo, a 13 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.
(03/4.969/23)
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