Colmenar Viejo (BOCM-20230403-64)
Organización y funcionamiento. Modificación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 79

d Dirigir el Departamento de Informática y autorizar la adquisición de suministros, licencias para los diferentes departamentos.
d Resolver los expedientes de daños causados al dominio público, exigiendo el
reintegro que corresponda.
d Mantenimiento y supervisión de los edificios municipales y los contratos que
resulten necesarios.
— En el Área de Contratación:
d Proponer la incoación de expedientes de contratación en las diferentes áreas.
d Dirigir el Departamento de Contratación y coordinar el funcionamiento de las
Mesas de Contratación.
d Expresamente queda delegada la competencia para aceptar las propuestas de
las respectivas Mesas de Contratación y, en su caso, ordenar al departamento
de Contratación que requiera la documentación necesaria al licitador que haya
presentado la mejor oferta.
d Se delegan todos los actos reservados al órgano de contratación salvo los expresamente delegados en la Junta de Gobierno y demás Tenencias de Alcaldía.
— En el Área de Política Social:
d Otorgar las subvenciones relativas a política social.
5. Las siguientes Concejalías de Gobierno se encuentran adscritas a la Primera Tenencia de Alcaldía, siendo competente para resolver a propuesta de la Concejalía de Gobierno correspondiente.
— Política social.
— Mayores.
— Cultura y Turismo.
— Igualdad de oportunidades.
— Deportes.
— Juventud e infancia.
Tercero.—El Segundo Teniente de Alcalde D. Carlos Velasco Aceitero, tendrá las siguientes atribuciones:
1. Sustituir a la Alcaldía en la totalidad de sus funciones, en los casos de ausencia,
enfermedad o impedimento que imposibilite el ejercicio de sus atribuciones en segundo lugar tras el Primer Teniente de Alcalde.
2. Dirigir las siguientes áreas de gobierno, pudiendo dictar los actos administrativos
necesarios que surtirán efectos frente a terceros, comprendiendo, incluso la facultad de resolver los posibles recursos que en dichas materias pudieran ser interpuestos.
— Concejalía de Obras y Servicios Públicos.
— Concejalía de Participación Ciudadana y Transparencia.
3. La tramitación y adjudicación de los contratos, tanto administrativos como privados o patrimoniales, cuyo importe sea inferior a los 5.000 euros impuestos excluidos, tanto de sus áreas como de las concejalías adscritas.
4. Dictar cuantos actos administrativos resulten precisos en relación con las competencias municipales referidas a las áreas funcionales.
— En el área de Obras y Servicios Públicos:
d Obras públicas y mantenimiento de las diferentes infraestructuras municipales,
y actuaciones en la vía pública.
d Cementerio Municipal, a excepción de la concesión de derechos funerarios.
d Dirigir la Brigada Municipal en coordinación con el Ingeniero Municipal.
d Supervisar los servicios de alumbrado público y red de alcantarillado.
— En el área de Participación Ciudadana y Transparencia:
d Supervisar las oficinas de atención a los ciudadanos e impulsar nuevas áreas de
servicio.
d Gestionar y dirigir tanto el Portal de Transparencia como la sede electrónica del
ayuntamiento.
— En el área de Seguridad Ciudadana:
d Imponer las sanciones en todos los expedientes de infracción de ordenanzas.

BOCM-20230403-64

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